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Consejo de Administración de la Carrera Administrativa Judicial

La ley 53 de 27 de agosto de 2015 “Que regula la Carrera Judicial” en su artículo 122, instituye el Consejo de Administración de la Carrera Administrativa Judicial, con competencia en todo el territorio nacional,  de conformidad con la  ley de Carrera Judicial y los reglamentos correspondientes. Esta integrado este Consejo por:

1. Un magistrado de Tribunal Superior. 

2. Un juez miembro de la Carrera Judicial.

3. Un defensor miembro de la Carrera de la Defensa Pública.

4. El secretario técnico del área respectiva.

5. E director del árrea respectiva.

6. El secretario técnico de Recursos Humanos, solo con derecho a voz.

Quienes integren el Consejo de Administración de la Carrera Administrativa Judicial, como representantes de las otras carreras, se escogerán por mayoría de votos entres sus pares, para un periodo de dos años, con derecho a reelección inmediata por una sola vez. Cada uno de ellos tendrá un suplente seleccionado de la misma forma que el principal.

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