ADECÚA EL REGLAMENTO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS A LAS DISPOSICIONES DEL TEXTO ÚNICO DE LA LEY 51 DE 2005 ORDENADA POR EL ARTÍCULO 242 DE LA LEY 462 DE 2025, RELATIVO A LA UNIFICACIÓN DE LA BASE DEMOGRÁFICA DE MORTALIDAD PARA EFECTOS DEL CÁLCULO DE LAS RENTAS VITALICIAS EN EL SUBSISTEMA MIXTO Y EN EL SISTEMA DE CAPITALIZACIÓN CON GARANTÍA SOLIDARIA
Resolución 153 de 27 de mayo de 2025 Aprueba el nombramiento de una Magistrada Suplente de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
Resolución 152 de 27 de mayo de 2025 Aprueba el nombramiento de un Magistrado Suplente en la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
Que subroga la Ley 16 de 2016, que instituye la Justicia Comunitaria de Paz, y dicta otras disposiciones .
Ley 462 de 18 de marzo de 2025, que modifica, adiciona y deroga artículos de la Ley 51 de 2005 que reforma la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social
Por el cual se aprueba el Convenio sobre Asistencia Legal Recíproca en Materia Penal entre el Gobierno de la República de Panamá y el Gobierno de la República Francesa, hecho en Panamá el 11 de julio de 2023.
Por el cual se aprueba el Acuerdo en el Marco de Convención de las Naciones Unidas sobre le Derecho del Mar Relativo a la Convervación y el Uso Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional, adoptado en Nueva York, el 19 de junio de 2023
Por el cual se declara 1. Que es ilegal la frase "Los montos recaudados en concepto de servicios migratorios, serán destinados para ayuda parcial y seguridad se asignará el setenta por ciento (70%) al ministerio de la presidencia y el treinta (30%) restante, serán destinado al fondo especial para el desarrollo de Recursos Humanos...
Por el cual se declara que no es ilegal, la Resolución N° 1241732 de 27 de junio de 2019,"Por medio de la cual se expide el certificado de operación N°9T00499 a nombre de Rolando Quintero", emitida por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, dentro de la demanda contenciosa administrativa de Nulidad ...
Por el cual se declara que No es Ilegal el Decreto Ejecutivo N°215 de 1 de septiembre de 2022, emitido por el Ministerio de la Presidencia, y, en consecuencia, niega el resto de las demás pretensiones formuladas en la demanda.
Por el cual se declara que se ha producido el fenómeno jurídico de sustracción de materia dentro de la demanda Contenciosa administrativa de Nulidad, interpuesta por el licenciado Carlos Jair Agraje Hernández, para que se declare nulo por ilegal el acuerdo N°16-16 de 17 de agosto de 2016, proferido por el consejo municipal de Capira y consecuencia.
Por el cual se declara que no son nulos por ilegales, los artículos 1 y 2 del Acuerdo Municipal N°13 de 12 de junio de 2019, emitido por el Consejo Municipal del Distrito de Chitré.
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