Condenan a exdirector del IMA
El Juzgado Duodécimo del Circuito de lo Penal del Primer Circuito Judicial declaró penalmente responsable al exdirector del Instituto de Mercadeo Agropecuario (IMA) Diomédes Jáen Domínguez a 80 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por (5) años luego de cumplida la pena principal, por los delitos contra la administración pública, específicamente peculado de uso y por el delito de falsedad ideológica.
El juez Oscar Carrasquilla explicó en la sentencia que por el delito contra la fe pública (falsedad ideológica) se probó por la declaración jurada de la señora Aida Cedeño, quien refirió que la persona que conducía el vehículo el día del accidente era Diomedes Jaén y no Amado Contreras, lo que provocó que al inspector del tránsito se le suministrará información incorrecta.
En cuanto al delito de peculado de uso, se demostró que el vehículo fue asignado para asuntos estrictamente laborales y no para utilizarlo para actividades no laborales.
Por este caso, el juez también sentenció a Amado Enrique Contreras Sanjur con cuarenta (40) meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas y para el ejercicio activo y pasivo del sufragio, por igual término, una vez cumplida la pena principal, como autor del delito de falsedad ideológica, (luego de que fuese convencido por su superior para registrarse en el Formato del Tránsito como el conductor del día de los hechos), y se le absolvió por el delito contra los servidores públicos.
En esta sentencia mixta N°09 del 14 de junio de 2017, se absolvió a Mayra Edith Vásquez, Asunción Araúz González, Héctor Reynaldo Vargas Pérez y a Simón Ferrara Batista por el delito de infracción de los deberes de servidores públicos.
Se determinó que la decisión esta tipificado en el artículo 338 del Código Penal que señala: “El servidor público que sustraiga o malverse de cualquier forma, dinero, valores o bienes, cuya administración, percepción o custodia le hayan sido confiados por razón de su cargo, será sancionado con prisión de cuatro a diez años” y en el artículo 47 del Código Penal, que señala: “Es instigador quien determina a otro u otros a cometer delito”.
Los hechos de este caso tienen sus génesis a raíz de un accidente de tránsito, en donde se registró una colisión y vuelco ocurrido en horas de la madrugada del día 28 de octubre de 2011, en el sector de la 24 de diciembre donde se vio involucrado un auto de uso del MIDA asignado al director general de la institución.
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