Confirman decisión de cumplimiento de pena en prisión, en caso dietilenglicol
En audiencia celebrada este jueves, 1 de marzo de 2018, el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, de forma unánime, confirmó la decisión de la juez de Cumplimiento del Primer Circuito Judicial, Hormilda Miranda, que negó la sustitución de prisión carcelaria por prisión domiciliaria, al sentenciado Miguel Antonio Algandona De León, condenado por el delito contra la salud pública, producto del envenenamiento masivo con dietilenglicol.
En ese sentido, también el Tribunal de Apelación, integrado por los magistrados Irene Cedeño (presidenta), Giovannina Antinori y Adrián Hernández, coincidieron que la decisión recurrida fue apegada a derecho, por cuanto no hay dictamen médico legal que certifique que el hoy sentenciado, a pesar de su padecimiento de salud, no puede cumplir la pena de prisión en un Centro Penitenciario.
Por ello, también se ordenará a la juez de Cumplimiento interponga las gestiones necesarias para que el mismo sea evaluado nuevamente por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, y se determine si su estado de salud le permite cumplir o no la pena en prisión.
En cuanto al cálculo del tiempo reconocido de 206 días, los magistrados estimaron que no era objeto de debate por las partes en estos momentos, ni tampoco es susceptible de apelación; por lo que dicha decisión se mantiene y en ese sentido el sentenciado Miguel Algandona deberá cumplir los 14 años y 159 días en prisión.
Los magistrados del Tribunal Superior de Apelaciones también indicaron, en su motivación, que las víctimas tienen sus derechos consagrados, y en base al artículo 7 del Código Penal, en cuanto a una retribución justa, solo puede alcanzarse la misma con el cumplimiento de la pena impuesta. Por ello, le corresponderá a la juez de Cumplimiento lo pertinente en cuanto a la efectividad de la orden de captura que fue girada en contra del sentenciado.
En esta audiencia participó, en representación del Ministerio Público, la fiscal Roxana Hernández, de la Fiscalía Superior de Descarga, y los abogados querellantes Carlos Lee Vásquez y José Pimentel, además de una de las víctimas de nombre Pedro Montañez, a quien se le concedió la oportunidad de dirigirse al tribunal colegiado, antes de deliberar. También estuvo presente la abogada particular Yazmín Domingo, junto a su patrocinado, el hoy sentenciado Miguel Algandona, quien no hizo uso de la palabra.
En los argumentos de sustentación de la apelación planteados en el acto de audiencia, la defensora particular Yazmín Domingo indicó que se han cumplido con todos los requisitos que se exige para que su defendido, quien padece de enfermedades crónicas, sea favorecido con una prisión domiciliaria, por lo que solicitó la revocatoria de la decisión de la juez de Cumplimiento, no obstante, se mostró a favor que se confirme el reconocimiento del tiempo de prisión de 206 días.
Por su parte, tanto la fiscal y querellantes coincidieron en que la decisión de la juez de Cumplimiento fue bien fundamentada, por cuanto no se cuenta con dictamen médico legal que establezca que el estado de salud del sentenciado le impida cumplir la pena de prisión en un Centro Penitenciario, por lo que solicitaron la confirmación del auto apelado.
Esta audiencia, que inició a las 10:00 de la mañana, luego de un receso abierto de al menos 3 horas, concluyó a las 2:38 de la tarde.
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