Juez de Garantías declara ilegal incautación de datos en caso de homicidio culposo
La juez de Garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá, Elkis Martínez, declaró ilegal la incautación de datos, relacionada con el historial clínico de un señor de 50 años de edad, imputado por la supuesta comisión del delito contra la vida e integridad personal (homicidio culposo agravado), en perjuicio de una joven de 28 años de edad (q.e.p.d).
Para esta decisión, la juez se basó en al artículo 309, numeral 2 del Código Procesal Penal, sobre los objetos no sometidos a incautación, que indica lo siguiente “Los resultados de exámenes o diagnósticos relativos a las ciencias médicas realizados bajo secreto profesional, siempre que no guarden relación con el objeto de la investigación”.
La representante del Ministerio Público, la fiscal Anabelis Herrera, solicitó declarar legal la incautación de datos obtenidos, en base a los artículos 344 y 317 del Código de Procedimiento Penal, explicándo que los otros exámenes solicitados establecían la condición médica desde el momento en que el imputado ingresó al centro hospitalario.
El representante de la defensa particular, Nicolás Him, argumentó se declarare ilegal, porque el Ministerio Público nunca solicitó audiencia previa para incautar estos datos e hizo alusión a los artículos 17, 12, 307 y 308 del Código Procesal Penal, referentes a la incautación de datos; al artículo 13 de la Ley 68 de 2003, que regula la confidencialidad e información de expedidentes clínicos; y al artículo 32 de la Constitución.
Igualmente, la defensa solicitó a la juez que autorizara a la fiscalía a la entrega de los videos de los días 5 y 6 de mayo, la cual contó con la oposición de la fiscalía, por lo que la juez lo refirió la Oficina Judicial de Panamá Oeste, ya que esa causa no es competencia de este tribunal.
Antes de iniciar la audiencia, la juez aclaró que la celebración de esta audiencia en Panamá Centro, a pesar que es de otra jurisdicción, se realizaba en base al artículo 33 del Código Procesal Penal, que se refiere a la competencia para actuaciones inmediatas.
Los hechos ocurridos de esta caso se dieron la noche del sábado, 5 de mayo, en el Puente de las Américas, cuando una camioneta ingresó al carril contrario, colisionado a un vehículo sedán, ocasionando la muerte instantánea de la conductora, y lesiones a una menor.
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