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Juez de San Miguelito absuelve a fotógrafo por supuesto delito de violación



Este lunes, 26 de marzo de 2018, la juez Tercera Penal del Segundo Circuito Judicial de Panamá en San Miguelito, Clelia De La Rosa, dictó la Sentencia Absolutoria N°.8 , en favor de Héctor Atencio Hernández, fotógrafo conocido como “Mr Estrada”, del presunto delito contra la libertad e integridad sexual, en perjuicio de una menor de edad de 16 años, y ordenó su inmediata libertad, siempre y cuando no mantenga otra causa pendiente.

La juzgadora, luego de valor las pruebas, concluyó que existen muchas inconsistencias y contradicciones, en lo manifestado por la ofendida el día de los hechos. Aunado a lo anterior, los tres peritos del Ministerio Público han sido enfáticos en señalar que no es frecuente que la víctima espere un año para presentar la denuncia y que no se podía asegurar ni había certeza que los síntomas presentados por la joven fueran a consecuencia del evento que ocupa.

Por otro lado, la juzgadora destacó que en el expediente también se han dado violaciones al debido proceso, “como es el caso que el Ministerio Público se excedió el término para agotar la investigación, pues realizó diligencias fuera del mismo, sin la debida autorización del Juzgado, ya que no se solicitó prórroga al Tribunal.”

Asimismo, la juez De La Rosa indicó en su fallo que “la resolución de admisión de querella, en el punto sexto, dice comparezca el querellado a notificarse de la misma, pero curiosamente solo se notificó personalmente a la querellante y su apoderada, no así ni al querellado Héctor Bustamamte ni a su defensor técnico”.

Otra violación al debido proceso lo fue -según el fallo- “la fotografía del imputado que reposa a fojas 158, la cual fue tomada en las instalaciones de la Fiscalía de Descarga, cuando el mismo acudió a realizar diligencia judicial”.

Finalmente, la juez Clelia De La Rosa enfatizó en su sentencia que “con estas incongruencias y violaciones al debido proceso, esta Juzgadora, respetuosa de las garantías Constitucionales y legales, más aún cuando estamos en plena vigencia del Sistema Penal Acusatorio, que va de la mano con el Código Procesal Penal, respaldado en su artículo 3 del cuerpo legal, no podemos avalar, respaldar y de ninguna forma con violaciones palpables y visibles dentro de un proceso arribar a un fallo condenatorio, por lo que impera la duda, el despliegue de violaciones al debido proceso, y respaldado con las pruebas científicas, debidamente acuerpadas por las deposiciones de los peritos forenses del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses”.   “Ante tales circunstancias, lo que impera es proferir una sentencia absolutoria, pues con tantas inconsistencias y violaciones al debido proceso, impera una absolución”, concluyó la juez.

El señor Atencio Hernández estuvo representado, en el acto de audiencia preliminar, que se surtió a través de un proceso abreviado, celebrado el pasado 19 de marzo, por el defensor particular Miguel Batista. Por su parte, el Ministerio Público estuvo representado por la Fiscalía Primera de Circuito de Descarga de San Miguelito, Carlos Campbell; y el abogado de la parte querellante, José Abel Almengor.

Cabe destacar que esta decisión está siendo notificada a las partes del proceso, por lo cual aún no se encuentra en firme; y por ende puede ser susceptible de apelación.



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