NOTA DE PRENSA
El Juzgado Quinto de Circuito de lo Penal informa que el pasado jueves 23 de febrero de 2017, la Fiscalía Anticorrupción de Descarga anunció recurso de apelación de la sustitución de la medida de detención preventiva, por la aplicación de una medida cautelar de prohibición de abandonar el territorio nacional sin autorización judicial y notificación una vez al mes, concedida por este Tribunal, a favor de Rafael Gustavo Guardia Jaén, investigado por la supuesta comisión del delito contra la administración pública, por posibles irregularidades en la adquisición de instrumentos musicales por parte del Ministerio de Educación (MEDUCA), durante la pasada administración, a través del Programa de Ayuda Nacional (PAN).
De igual forma, el Juzgado 15° de Circuito Penal de Panamá admitió la solicitud de medida cautelar distinta a la detención preventiva en favor de Guardia Jaén, vinculado por la supuesta comisión del delito contra la administración pública y corrupción de servidores públicos, dentro de las causas seguidas por posibles irregularidades en la compra de mochilas escolares, bolsas del comidas, compra de granos, compra de llantas, alquiler de helicópteros, y el programa Piso y Techo del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), por parte del Programa de Ayuda Nacional (PAN).
Esta medida, por ambos juzgados, corresponde a una solicitud interpuesta por el abogado Víctor Orobio, representante legal del prenombrado, en el que solicitó al Tribunal un cambio de la medida de detención preventiva, en atención al grave estado de salud que padece su defendido.
En el 2015, la defensa del imputado presentó ante el Segundo Tribunal Superior de Justicia un hábeas corpus que fue declarado no viable el 9 de septiembre de 2015, decisión que fue apelada y le correspondió al Pleno de la Corte Suprema de Justicia resolver dicha apelación, que confirmó la decisión de primera instancia, el 4 de abril de 2016.
La decisión se fundamentó en que la defensa no proporcionó, con la acción constitucional, las respectivas certificaciones médicas que constatara el estado de salud del señor Guardia Jaén, que justificara lo solicitado por el accionante.
Además del resultado de una inspección a la celda donde se encontraba el señor Guardia Jaén, que ordenó el Pleno, mediante resolución del 24 de noviembre de 2015.
En esta inspección ocular participó el magistrado José E. Ayú Prado Canals (ponente); la secretaría general, Yanixsa Yuen, la directora de Asuntos Penitenciarios del Órgano Judicial, Linda Díaz, la doctora Orquídea Jiménez, del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
En el resultado de la inspección se dejó establecido que el lugar donde se encontraba el señor Guardia Jaén reunía las condiciones de salubridad necesarias, y que en ese momento el señor recibía los medicamentos recetados por sus médicos y asistía a las citas médicas programadas.
Cabe destacar que esta medida cautelar distinta a la detención preventiva impuesta por ambos juzgados, está siendo notificada a las partes, por ende no se ha girado libertad alguna hasta tanto se encuentre en firme, sin ninguna apelación u oposición a la misma.
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