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Pleno de la Corte ordena detención con fines de extradición del diputado del Parlacen



Dentro del proceso por la supuesta comisión del delito contra la administración pública, por el otorgamiento de indultos, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, con mayoría absoluta y un voto razonado de la magistrada Angela Russo, decidió declarar que no es extemporánea la solicitud de prescripción de la acción penal formulada por el abogado Sidney Sittón, en representación de un diputado de Parlamento Centroamericano (Parlacen), y ordena al magistrado de Garantías, José E. Ayú Prado Canals, que resuelva el fondo de la misma.

Además, ordenó la detención provisional con fines de extradición del diputado del Parlacen, y facultó al magistrado de Garantías a diligenciar el cumplimiento de esta medida cautelar.

La decisión de declarar no extemporánea la solicitud de la prescripción de la acción penal se fundamentó en que argumentos expuestos por el magistrado de Garantías no son viables, ya que puede ser solicitada en cualquier etapa del proceso, y no es necesario que esté presente el diputado del Parlacen.

En cuanto a la solicitud de la medida de detención provisional con fines de extradición, el Pleno se basó en el artículo 222 del Código Procesal Penal, que consagra los principios de legalidad, necesidad, idoneidad, proporcionalidad y estado de inocencia.

En este sentido, el Tribunal Colegiado indicó que “los actos que deba proferir el presidente de la República, junto con el ministro del ramo respectivo, no tendrán valor alguno si no son refrendados por éste, quien se hace responsable de firmarlos y garantizar con ellos, de que dicho acto adquiera el valor jurídico de que se trate. Por lo tanto, no se trata de atribuirle responsabilidad al ministro del ramo, como pretende la defensa".

Las disposiciones legales aplicadas en esta resolución fueron los artículos 4, 17, 32, 155 de la Constitución Política de la República de Panamá. Artículo 14 de la Ley 14 de 1976 ( Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos). Artículo 8 de la Convención Americana de los Derechos Humanos. Artículos 1,3,4,8, 22,134, 222 del Código Procesal Penal. Capítulo X, Título X, Libro II del Código Penal.

La deliberación de los magistrados Ángela Russo, Cecilio Cedalise, Jerónimo Mejía. Oydén Ortega, Harry Díaz y Hernán De León, quien presidió la audiencia, y de los magistrados suplentes Asunción Alonso, Efrén Tello y Wilfredo Saenz, duró 13 horas, es decir de 1:00 p.m., de este lunes 11 de diciembre, a 2:00 a.m., del martes 12 de diciembre.

Más temprano, la defensa del diputado del Parlacen, con respecto a la prescripción penal, argumentó que los 19 decretos ejecutivos objeto de investigación, donde se otorgaron los indultos, fueron firmados en junio y agosto de 2014, por lo que “los términos ya han prescrito”, además, que los mismos fueron revocados por el presidente Juan Carlos Varela, una vez tomó posesión del cargo.

Por su parte, el fiscal del causa ripostó que los 19 decretos, para indultar a 355 personas en cuatro días, no tuvieron los trámites correspondientes, y tampoco gozaron del cumplimiento de los requisitos fundamentales.

Esta solicitud ya había sido rechazada por extemporánea, en la pasada audiencia del 13 de octubre, por el magistrado José E. Ayú Prado, actuando como juez de Garantías, por lo que la defensa del diputado del Parlacen solicitó al Pleno que revocara esa decisión, que en su momento tuvo la oposición del magistrado Abel Zamorano, actuando como fiscal de la causa.

En este sentido, el magistrado Zamorano argumentó que una vez en presencia del diputado del Parlacen se podría solicitar la prescripción de la causa, pero que “esta no era la etapa procesal”, por lo que pidió al Pleno que ratificara lo actuado por el magistrado Ayú Prado, con referencia a negación de la solicitud de sobreseimiento provisional y la prescripción de la acción penal, por extemporánea.

El magistrado Ayú Prado, en su momento, también se inhibió de decidir sobre la detención provisional con fines de extradición, por lo que le correspondió al Pleno decidir sobre la petición.

Incidente de recusación

Al inicio de la audiencia, el Pleno rechazó de “plano” un incidente de recusación contra los magistrados Oydén Ortega, Cecilio Cedalise, Hernán De León y Harry Díaz, para que se separaran del conocimiento de la causa, por su relación con otros procesos judiciales seguidos al diputado del Parlacen por la Corte Suprema, presentado por su defensa, en la representación de los abogados Sidney Sittón y Carlos Carrillo.



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