Tribunal decretó doble juzgamiento en caso de pandillerismo
En el proceso seguido a Héctor Murillo Barberena y otros, por el delito contra la seguridad colectiva en la modalidad de pandillerismo, el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, bajo la ponencia del magistrado Adolfo Mejía y mediante auto de Segunda Instancia No. 113 de fecha 4 de junio de 2015, confirmó la decisión emitida por el Juzgado Décimo Segundo de Circuito Penal de la provincia de Panamá del Auto Vario No. 53 del 20 de marzo de 2015, que decretó el doble juzgamiento y cese de la instrucción a lo prenombrados.
La decisión del juzgado se basó que dentro de este proceso estaban siendo investigadas personas que ya habían sido absueltas por los delitos de homicidio y también por pandillerismo, mediante la sentencia de Primera Instancia Nº 33 de 18 de diciembre de 2014 dictada por el Segundo Tribunal, cuyo ponente fue el magistrado Luis Mario Carrasco.
La decisión del Tribunal se fundamentó en la violación al artículo 32 de la Constitución Política, en lo que respecta a que nadie es juzgado más de una vez por la misma causa penal, administrativa, policiva o disciplinaria, que concuerda con el artículo 1945 del Código Judicial, la cual determina que nadie será perseguido penalmente más de una vez por el mismo hecho aunque se modifique su calificación o se afirmen nuevas circunstancias.
Es importante aclarar, que este caso fue instruido casi de forma simultánea por las Fiscalías Contra la Delincuencia Organizada y la Fiscalía Tercera Superior.
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