Concluye audiencia de acusación en caso “escuchas telefónicas”, en espera de decisión de pruebas
“Con sosiego, prudencia, sin prisa, pero sin pausa”, indicó el magistrado Juez de Garantías, Jerónimo Mejía Edwards, cuando se refirió al tiempo necesario que tomará para analizar los argumentos de los intervinientes en esta audiencia de acusación dentro del caso denominado “escuchas telefónicas”, y decidir sobre la admisibilidad o no de las pruebas que pretenden hacer valer en el juicio oral.
El magistrado de Garantías, quien dio por terminada este viernes, 28 de septiembre, la fase de la audiencia de acusación, acotó que dicho término prudencial que se tomará para decidir, se da luego que las argumentaciones de las partes han girado en torno a los 18 tomos de antecedentes, más los 7 cuadernillos contentivos de la información y documentación que fueron extraídas de las computadoras y otros equipos tecnológicos, que vienen a representar los elementos que le dan contexto al debate que ha tenido lugar en esta audiencia de la fase intermedia, que se reanudó -en diferentes sesiones- desde el pasado 26 de junio de 2018, luego de la comparecencia del imputado, a través de los mecanismos de la extradición desde los Estados Unidos de América.
Durante el desarrollo de la sesión, el abogado defensor particular Carlos Carrillo Gomila, procedió a contestar -simultáneamente y en bloque por economía procesal- las objeciones que hizo tanto la fiscalía encabezada por el magistrado Harry Díaz, así como del acusador autónomo David Cuevas, a las 87 pruebas documentales.
En ese sentido, la defensa destacó en lo medular de su exposición, que indicar que las pruebas documentales son inconducentes, impertinentes, repetitivas, e incluso algunas superfluas, a criterio de la defensa no es viable, toda vez que llevan a un propósito que es materializar la teoría del caso de la defensa. Por ello, el abogado Carrillo solicitó al magistrado de Garantías que desestime las objeciones, pues dichas pruebas guardan relación con los hechos investigados.
Antes de cerrar la audiencia, el abogado defensor Sidney Sittón, solicitó al magistrado de Garantías, se le permitiese a su defendido ejercer el derecho al voto este domingo, 30 de septiembre, en las elecciones primarias de un partido político, del cual es precandidato a un puesto de elección popular.
En virtud de ello, luego de un receso, se escuchó el planteamiento de las partes, donde el magistrado fiscal Harry Díaz, el acusador autónomo David Cuevas, e incluso una víctima y abogados querellantes, fueron coincidentes en oponerse a la solicitud de la defensa, al estimar en términos generales que los privados de libertad sólo tienen derecho a ejercer el voto en las elecciones generales para presidente, y no en elecciones primarias de partidos políticos.
Al respecto, el magistrado juez de Garantías Jerónimo Mejía, luego de escuchar los argumentos de las partes y hacer un receso para analizar lo planteado, concluyó en que no es competente para decidir lo peticionado, toda vez que según establece la Constitución Nacional, -en síntesis- es el Tribunal Electoral (TE) el ente encargado de interpretar y aplicar la Ley Electoral.
Aunado a ello, refiere el magistrado de Garantías,que el TE no ha regulado la forma de cómo un privado de libertad, sin condena, pudiera ejercer el derecho a voto en unas primarias internas de partido político; pues según la norma dicho derecho sólo es permitido para condenados en Elecciones Generales, para escoger presidente, vicepresidente y diputado del Parlacen.
Sin más, el magistrado de Garantías Jerónimo Mejía cerró la sesión siendo las 10:03 de la noche, la cual quedará en espera de la decisión de la admisión o no de las pruebas aducidas por las partes.
Facebook
Twitter
Instagram
Youtube