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Corte suspende resolución que autoriza al MEF proponer proyecto de Ley sobre Área Protegida Humedal Bahía de Panamá



La Corte Suprema de Justicia, admitió la demanda presentada por el abogado Félix Wing en contra de la autorización emitida por el Consejo de Gabinete para que el Ministro de Economía y Finanzas presente el proyecto de Ley que crea el Área Protegida Humedal Bahía de Panamá.

En la decisión, emitida bajo la sustanciación del Magistrado Víctor Benavides, se señala que la acción de amparo de garantías constitucionales presentada cumple con los requisitos legales para su admisión, por lo que requirió al Ejecutivo que envíe a la Corte la actuación realizada en este sentido.

Además, en la resolución que tiene fecha de 26 de mayo del año en curso, el Magistrado Benavides “estima razonable acceder a la [suspensión], toda vez que prima facie se observa un riesgo grave e inminente de que se altere, modifique o límite el Área Protegida Humedal Bahía de Panamá en oposición a los compromisos legales y constitucionales que el país ha adquirido al firmar de buena fe la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional (Convención RAMSAR)”.

La Corte, en Sala Unitaria, recuerda que la “suspensión del acto o resolución acusada es facultativa del Tribunal de Amparo, siempre que sea necesaria para evitar un perjuicio notoriamente grave e inminente”, razón por la que ordena en su parte resolutiva: suspender la Resolución de Gabinete No. 95 de 13 de mayo de 2014.

La Secretaría de la Corte, espera ahora, la contestación o informe del Ejecutivo.

Una vez recibido el informe acerca de los hechos objeto de la acción de amparo de garantías, el Magistrado Sustanciador elaborará un proyecto de resolución que circulará por el término de veinte (20) días. En el evento que, el proyecto sea observado por dos (2) de los nueve (9) Magistrados que conforman el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, dicho proyecto deberá someterse a discusión en el Pleno. La decisión deberá ser firmada por los nueve (9) Magistrados del Pleno de la Corte. El Magistrado que no esté de acuerdo con la decisión adoptada por la mayoría, así lo manifestará y salvará su voto.

Secretaría de Comunicación

Panamá, 27 de mayo de 2014.


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