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CULMINA ETAPA PROBATORIA Y SE INICIAN LOS ALEGATOS EN EL JUICIO DEL CASO ´LAVA JATO´



El cuarto día del juicio del caso “Lava Jato”, culminó este jueves 29 de junio, con la presentación de los últimos cinco testigos de la defensa técnica particular y con el inicio de la fase de alegatos de la Fiscalía Segunda contra la Delincuencia Organizada. 

La jueza segunda liquidadora, Baloísa Marquínez Morán otorgó a la fiscalía ocho horas para presentar sus alegatos, mientras que la defensa contará con una hora por imputado para presentarlos.

Luego del receso del mediodía, la fiscal segunda especializada contra la Delincuencia Organizada, Isis Soto Espinoza, en la presentación de los alegatos del Ministerio Público (MP), mostró esquemas de cómo se dio el delito de blanqueo, el grado de participación de cuatro de los imputados y las solicitudes de pena para cada uno de ellos.

El MP está representado además por los fiscales Octavio Nicolau y Marcos Mosquera.

Al inicio de su alegación, la fiscal Soto señaló que para el MP en este caso se cometió el delito de blanqueo de capitales, ya que hubo participación criminal de parte de socios y colaboradores de la firma de abogados, quienes encubrieron, ocultaron e impidieron la determinación del origen de la propiedad, del destino de bienes y dineros y de recursos financieros que fueron obtenidos producto de actividades ilícitas.

La fiscal Soto solicitó para los dos dueños y socios del bufete de abogados, investigado en este proceso, la sentencia condenatoria de conformidad con el artículo 255, numeral 1, del capítulo IV sobre Delitos de Blanqueo de Capitales, del Código Penal de Panamá que dispone: Será sancionado con la pena a que se refiere el artículo anterior (pena de prisión de 5 a 12 años) quien: “Sin haber participado, pero a sabiendas de su procedencia, oculte, encubra o impida la determinación, el origen, la ubicación, el destino o la propiedad de dineros, bienes, títulos valores u otros recursos financieros, o ayude a asegurar su provecho, cuando estos provengan o se hayan obtenido directa o indirectamente de alguna de las actividades ilícitas señaladas en el artículo anterior o, de cualquier otro modo, ayude a asegurar su provecho”.

Para la persona que manejaba la filial de la firma Mossack Fonseca en Brasil la fiscalía pidió la sentencia condenatoria basándose también en el artículo 255, numeral 1, y el artículo 43 del Capítulo VII sobre Autoría y Participación del Código Penal, que señala que “es autor quien realiza, por sí mismo o por interpuesta persona, la conducta descrita en el tipo penal”.

La misma pena fue solicitada para el colaborador de la firma de abogados que estaba a cargo de decenas de cuentas bancarias de clientes en el extranjero.

Más temprano, se presentaron ante el Tribunal, cinco testigos de la defensa técnica particular. Se trató de dos peritos contables; una traductora pública autorizada; un perito forense, experto en ciberseguridad y un abogado, especialista en sociedades anónimas.

La audiencia ordinaria alterna, de este proceso, que se le sigue a 32 ciudadanos por la presunta comisión del delito contra el orden económico, en la modalidad de blanqueo de capitales, se lleva a cabo en el salón de audiencias del Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales del Palacio de Justicia Gil Ponce.

Esta investigación comenzó en enero de 2016 luego de la supuesta vinculación para crear sociedades anónimas de la desaparecida firma de abogados Mossack Fonseca con la operación Lava Jato de Brasil.

 

 

 


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