CorteIDH realiza tercera y última audiencia pública en Panamá
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Caso Iván Eladio Torres vs el Estado Argentino
La Corte Interamericana de Derechos Humanos(CorteIDH), luego de escuchar los alegatos de los representates de la querella penal, del Estado argentino y de la Comisión de Derechos Humanos, finalizó la audiencia del caso Caso Iván Eladio Torres vs. El Estado Argentina, acotando que para el 20 de junio, se presentaran los escritos, tanto de los representantes del Estado argentino, como los de la defensa técnica y de los miembros de la Comisión de Derechos Humanos.
Durante su intervención, la representante de la víctima en su alegato, que fue a partir del 13 de marzo de 2007, cuando se estableció que la causa debía seguirse ante la Confederación Internacional.
Agregó que en octubre de 2007, la jueza estableció que en octubre de 2003 no fue desaparecido Iván y sobreseyó a las 15 personas que aparecían reseñadas en ese proceso. El 20 de enero de 2011 la misma jueza ahora modifica su sentencia y procesa por desparición forzada. La juez no dictó detención preventiva alegando que éstos eran funcionarios .públicos y son los mismo que contiúan torturando en la provincia de Rivadavía, amigos y vecino de Iván.
La Dra. Sofía Heredia, perita de los afectados espetó que “Queda demostrado que el reclamo de las demandantes, es exhorbitante para lo estipulado en estos casos. En el caso de comodoro-rivadabia, se convocó a la madre de Iván, la sra. María para tratar de llegar a un arreglo, pero nunca ultimaron detalles. La señora María no está pretendiendo reparación económica, lo único que ha deseado es que aparezca su hijo con vida, o al menos, saber que pasó con él”.
Por su parte el Estado Argentino manifestó que lejos de litigar el caso o rechazarlo, más bien propició una mesa de diálogo, donde hubo autoridades competentes, todo ello bajo los auspicios de la Comisión de Derechos Humanos (C.I.D.H.), desafortunadamente los esfuerzos que ha desplegado el Estado han sido infructuosos y se dio por concluido el proceso de solución amistosa y se optó por lo del art. 50 en la C.I..D.H., así como sus conclusiones, en cuanto a la desaparición forzada.
En cuanto al hecho de auditar los planes de previsiones de detenciones arbitrarias, el Estado Argentino manifestó su rechazo, ya que no es el objeto de la presente demanda. El reclamo pecuniario está fuera de lugar, porque supera los 4 millones de dolares estadounidenses. Al citar el caso de Gellman vs. Uruguay, aquí fue fijado en B/.500,000. y en otros casos similares, donde el monto estimado, resulta aceptable.
En cuanto al marco legislativo, expresó el Presidente de la CorteIDH., “ hay un paralelo entre el caso Bullacio con el de Torres, es menester, dejar en claro que los jóvenes son propensos por sus características y condiciones de vida precaria a cometer delitos y como la policía está llamada a reprimir sin miramientos, siempre y cuando, en la práctica no abuse de los parametros que la ley le ha dado para su marco de acción”.
La CorteIDH continuará estudiando las sentencias:
1.Caso Vera Vera y otros vs. Ecuador. El 19 de mayo de 2011 la Corte deliberará y estudiará la posibilidad de dictar Sentencia sobre excepción preliminar, eventuales fondo, reparaciones y costas.
Antecedentes. Los hechos de este caso se relacionan con la alegada falta de atención médica adecuada, el sufrimiento físico y psíquico, y la posterior muerte de Pedro Miguel Vera Vera, quien se encontraba bajo custodia estatal. Pedro Miguel Vera Vera supuestamente fue detenido por la policía el 12 de abril de 1993 presentando una herida de arma de fuego. Se alega que el señor Vera Vera, estando bajo custodia estatal, falleció por falta de atención médica adecuada.
2. Caso Fernández Ortega vs. México. El 15 de mayo de 2011 la Corte deliberará y estudiará la posibilidad de dictar una Sentencia de interpretación de la Sentencia sobre excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte el 30 de agosto de 2010.
3. Caso Rosendo Cantú y otra vs. México. El 15 de mayo de 2011 la Corte deliberará y estudiará la posibilidad de dictar una Sentencia de interpretación de la Sentencia sobre excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas dictada por la Corte el 31 de agosto de 2010.
Para el 19 de mayo de 2011 a las 9:00 horas, se llevará a cabo en el Centro de Convenciones Atlapa el Seminario Internacional “La Corte Interamericana de Derechos Humanos y su Jurisprudencia”, que será impartido por abogados de la Corte Interamericana. El panel uno versará sobre la Responsabilidad internacional del Estado y el Sistema Interamericano; y el panel dos sobre los últimos desarrollos en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana.
Panamá, 18 de mayo de 2011.
Secretarìa de Comunicación
Elaborado por: Ramón Hernández y Guibel Moreno.
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