PLENO DE LA CSJ REFORMA DISTRIBUCIÓN DE LOS JUZGADOS SECCIONALES DE TRABAJO
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), mediante el Acuerdo n°292 de 15 de mayo de 2024, reformó la distribución de los Juzgados Seccionales de Trabajo de la Primera y Segunda Sección, con esto se ordena el cierre del Juzgado Segundo de Trabajo de la Segunda Sección con sede en Colón, el que se hará efectivo a partir del 16 de junio de 2024.
Se acordó, crear e implementar a partir del 16 de junio de 2024, el Juzgado Quinto de Trabajo de la Primera Sección, con sede en La Chorrera y jurisdicción en la provincia de Panamá Oeste, conformada por los distritos de Arraiján, La Chorrera, Capira, Chame y San Carlos.
En el Acuerdo n°292 de 15 de mayo de 2024, se indica que, hasta el 15 de junio de 2024, el Juzgado Segundo de Trabajo de la Segunda Sección deberá cumplir con sus tareas y proceder al envío de las causas pendientes al Juzgado Primero Seccional de Trabajo de la Segunda Sección, con sede en la ciudad de Colón, que asumirá, además de sus labores habituales, las causas pendientes y las que ingresen en adelante.
También se instruye a la Secretaría Técnica de Recursos Humanos, para que atendiendo a las necesidades institucionales y en coordinación con el Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial, proceda a la reubicación, a partir del 16 de junio de 2024, de los servidores judiciales que laboran en el Juzgado Segundo de Trabajo de la Segunda Sección, con sede en la ciudad de Colón.
Además, se señala que el Juzgado Quinto de Trabajo de la Primera Sección estará integrado por el personal que determine la estructura de cargos del Órgano Judicial. Todos los nombramientos en el nuevo juzgado se harán conforme a lo establecido en la Ley n°53 de 27 de agosto de 2015, que regula la Carrera Judicial.
La reforma en la distribución de los Juzgados Seccionales de Trabajo de la Primera y Segunda Sección, obedece al análisis de los datos estadísticos suministrados por la Dirección Administrativa de Estadísticas Judiciales, referente a las causas que se tramitan en ambos juzgados, lo que revela una reducida carga laboral, por lo que no se justifica que los dos juzgados permanezcan en funcionamiento.
Facebook
Twitter
Instagram
Youtube