Juez Décima Penal condena a exdirector de la DGI por abuso de autoridad
La juez Décima de Circuito de lo Penal de Panamá, Zaida Cárdenas, mediante sentencia condenatoria N°91-17, del 14 de diciembre de 2017, condenó a 16 meses de prisión, e inhabilitación de funciones públicas por el término de dos años, luego de cumplida la pena principal, al exdirector de la Dirección General de Ingresos, Luis Enrique Cucalón, como autor del delito contra la administración pública, en la modalidad de abuso de autoridad e infracción de los deberes de servidores públicos, en perjuicio de la empresa Digicel Panamá, S.A.
En sus fundamentos jurídicos, la juez Cárdenas indicó que el hecho punible se mantiene acreditado con la denuncia interpuesta por el director general de Ingresos Públicos, Publio Ricardo Cortes, a través de la nota N° 201-01-2453, del 21 de abril de 2015, donde comunica un posible abuso de autoridad cometido por el señor Luis Cucalón, en calidad de director de la antigua Autoridad Nacional de Ingresos Públicos (ANIP), hoy Dirección General de Ingresos, al decretar un secuestro de bienes muebles e inmuebles en contra de la empresa telefónica DIGICEL S.A., por la suma de ciento cuarenta y un millón quinientos noventa y dos mil ochocientos veintisiete balboas (B/.141,592,827.05).
Además, se valoraron las declaraciones juradas de los ejecutivos de la empresa DIGICEL S.A., Luis Alexander De Miranda, Itilio Rivera y David Patrick Butler, como también del director nacional de los Servicios Públicos (ASEP), Edwin Ovidio Castillo García.
Según el fallo, los hechos declarados probados son consecutivos del delito de abuso de autoridad, contemplado en el artículo 355 del Código Penal, “El servidor público que, abusando de su cargo, ordene o cometa en perjuicio de alguna persona un hecho arbitrario no calificado específicamente en la ley penal será sancionado con prisión de uno o dos años de prisión o su equivalente en días multas o arresto de fines de semana”.
Es importante señalar que por solicitud del defensor particular Juan Carlos Sánchez, este proceso fue surtido bajo la figura del juicio abreviado, por lo que luego de rebajado un tercio (1/3) de la pena de dos años de prisión, la pena queda en 16 meses de prisión.
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