Magistrado Ayú Prado expone en taller nacional en materia de lucha contra el Financiamiento del Terrorismo
En el segundo día del Taller Nacional en Materia de Lucha contra el Financiamiento del Terrorismo, el magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, José E. Ayú Prado Canals, participó este miércoles 29 de enero, como expositor sobre el tema "Elementos probatorios para la condena del financiamiento del terrorismo", en actividad organizada por el Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE), de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Panamá.
En su análisis, el magistrado Ayú Prado consideró importante que los operadores de justicia conozcan el alcance y sentido del delito de financiamiento del terrorismo; además que se familiaricen con el rol de cada uno, para poder obtener un control jurisdiccional de los elementos de convicción, prácticas de pruebas, que serán elementos evaluados para que sean emitidas una decisión que quede en firme.
Además, puntualizó que para prevenir, enfrentarse y reprimir el financiamiento del terrorismo, es necesario que los operadores de justicia actúen inter- disciplinariamente de manera organizada, procurando cero impunidad y a la vez cero arbitrariedad, esto implica que los estamentos de seguridad, los organismos de inteligencia, los fiscales y los jueces, deben conocer los límites y alcances de la Ley, de sus recursos, capacidades, atribuciones y obligaciones.
En cuanto a la tipificación del delito del financiamiento del terrorismo, el magistrado Ayú Prado C., señaló que en el Código Penal se encuentra establecido en el artículo 294 “Quien en forma individual o colectiva, de manera directa o indirecta, proporcione, organice o recolecte fondos o activos, de origen lícito o ilícito, con la intención que se utilicen para financiar, en todo en parte, la comisión de actos de terrorismo o cualquier acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a la población, cuando el propósito de dicho acto, por su naturaleza o contexto sea perturbar la paz pública o intimidar a una obligación u obligar a un gobierno a realizar un acto o abstenerse de hacerlo o la existencia de terroristas individuales, grupos u organizaciones terroristas o de cualquier forma los beneficie, será sancionado con pena de veinticinco a treinta años de prisión”.
Posterior a su exposición, el Magistrado José E. Ayú Prado Canals, participó del panel “El proceso de conversión de inteligencia financiera a elemento probatorio”, donde se encontraban expertos nacionales e internacionales, como: el subdirector de Operaciones de la Unidad de Información Financiera de Argentina, Nathan Kogan; el Fiscal Provincial Penal Titular de Lima (República de Perú), Marcial Paucar Chappa; la Magistrada del Tribunal de Apelaciones de la República de Paraguay, Juliana Giménez Portillo, y el Fiscal Especializado en Delitos contra la Delincuencia Organizada de Panamá, Jairo Samaniego.
Esta actividad tiene como objetivo fortalecer las capacidades operativas de las instituciones relacionadas con la lucha contra el financiamiento del terrorismo, en aras de mejorar y conocer los procesos que se realizan una vez es recibido un reporte de operación sospechosa a la Unidad de Análisis Financiero.
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