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NOTA DE PRENSA



Con relación al proceso en etapa de instrucción seguido contra el exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia (V.B.), por la supuesta comisión del delito contra la administración pública, el Juzgado Decimoquinto de Circuito Penal de Panamá informa que en este expediente, el Segundo Tribunal Superior de Justicia ha resuelto 4 incidentes de controversia y dos incidentes de nulidad, presentados por los abogados Marcela Araúz y Jair Urriola; como también una solicitud de prórroga y acumulación presentada por la Fiscalía Anticorrupción del Ministerio Público, y la no admisión de 5 recursos de casación, cuadernillos que pasamos a explicar:

1. Mediante auto No. 100 del 18 de mayo de 2016, el Juzgado Decimoquinto de lo Penal admitió la solicitud de prórroga de seis meses a la Fiscalía de Descarga Anticorrupción para que continuara con la investigación, sin embargo esta decisión fue apelada por la abogada Marcela Araúz, representante legal de A.B., investigado en la sumaria.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante Auto de Segunda Instancia No. 191 del 14 de diciembre de 2016, resolvió no admitir la apelación, lo que motivó a los abogados Irving Domínguez y Marcela Araúz, presentar escrito de aclaración del auto en mención ante los magistrados del Segundo Tribunal.

El Segundo Tribunal, a través del Auto de Segunda Instancia No. 109, de 1 de septiembre de 2017, no admite la solicitud de aclaración formulada por los abogados Marcela Araúz y Irving Domínguez

Con el oficio No. 2398 del 20 de junio de 2018, el Segundo Tribunal Superior de Justicia remite el expediente al Juzgado Decimoquinto de Circuito Penal, los cuales se encuentran pendientes de providencia de reingreso para ser enviados a la Fiscalía.

2. Incidente de Controversia presentado por el licenciado Jair Urriola, en contra de la Fiscalía Sexta Anticorrupción, por vencimiento del término de investigación. Este incidente fue negado por este Tribunal, a través del Auto No. 123 del 17 de junio de 2016.

El 17 de agosto de 2016, este Tribunal remite nuevamente el expediente al Segundo Tribunal, a fin que se resolviera un recurso de apelación en contra la negación del incidente de controversia, presentado por el abogado Jair Urriola.

El Segundo Tribunal en auto de Segunda Instancia No. 191 del 14 de diciembre de 2016, revoca el auto No. 123 de 17 de junio de 2016, en consecuencia insta al Ministerio Público a remitir el proceso penal al juzgado.

3. La licenciada Marcela Araúz, en representación de (A.B.), presentó un nuevo incidente de controversia, esta vez en contra de los oficios remitidos por la Fiscalía a entidades bancarias, donde se solicitó información de las cuentas de su representado.

Mediante Auto Vario No. 58 del 30 de marzo de 2016, el Juzgado Decimoquinto Penal negó el incidente. Decisión que fue apelada por la licenciada Araúz.

Para el 14 de diciembre del 2016, el Segundo Tribunal de Justicia mediante Auto de Segunda Instancia 191 rechazó el incidente, y lo que motivó a que la defensa presentara un recurso de casación.

El Segundo Tribunal, a través del auto de Segunda Instancia No. 109 del 1 de septiembre de 2017, no admite el recurso de casación, por ende mediante el 20 de junio de 2018, este Tribunal remite el expediente al Juzgado, a fin que sea remitido a la Fiscalía.

4. Incidente de controversia presentado por el licenciado Jair Urriola, en contra de las resoluciones No. 6 y 15 de enero de 2016 emitida por la Fiscalía Sexta Anticorrupción, en la que se ordena la inspección ocular, a fin de obtener información de las cuentas bancarias de su persona. Dicho incidente fue negado por el juzgado en Auto Vario 53 del 21 de marzo, decisión que motiva al licenciado Urriola a presentar un recurso de apelación ante los magistrados del Segundo Tribunal de Justicia.

Acorde a lo anterior, el Segundo Tribunal Superior de Justicia en auto de Segunda Instancia No. 191 del 14 de diciembre de 2016, rechaza en su totalidad el incidente y remite el expediente al juzgado, el 16 de junio de 2016.

En contra de esta decisión la licenciada Marcela Araúz presentó recurso de casación. El Segundo Tribunal, a través del Auto de Segunda Instancia No. 109 del 1 de septiembre de 2017, no admite el recurso de casación, por ende el 20 de junio de 2018, este Tribunal remite el expediente al Juzgado a fin que sea remitido a la Fiscalía.

5. Incidente de Controversia presentado por el licenciado Jair Urriola, actuando en su propio nombre, presenta este incidente en contra de la emisión de los oficios dirigidos a las entidades bancarias.

Mediante Auto Vario No. 53 de 21 de marzo de 2016, el Juzgado niega dicho incidente, por lo que el licenciado Urriola presenta recurso de apelación.

El Segundo Tribunal en auto de Segundo Instancia No. 191 de 14 de diciembre de 2016, se confirma el Auto Vario No. 53 de 21 de marzo de 2016, la defensa presenta recurso de casación ante esta decisión.

En Auto de Segunda Instancia No. 109 del 1 de septiembre de 2017, no se admite el recurso de casación, por ende el 20 de junio de 2018, este Tribunal remite el expediente al Juzgado a fin que sea remitido a la Fiscalía.

6. Incidente de Nulidad presentado por el licenciado Jair Urriola en contra de las compulsas de copias por la Fiscalía Sexta Anticorrupción, para que se inicie una nueva investigación en su contra por el delito contra el orden económico.

Mediante Auto Vario No. 49 del 18 de marzo de 2016, este despacho admite el incidente. La Fiscalía anuncia recurso de apelación.

El Segundo Tribunal en auto de Segunda Instancia No. 191 del 14 de diciembre de 2016, revoca el Auto Vario No. 49 del 18 de marzo de 2016, y en su lugar rechaza el incidente de nulidad.

7. Incidente de Nulidad presentado por el licenciado Irving Domínguez, en contra de las compulsa de copias por la Fiscalía Sexta Anticorrupción, para que se inicie un nuevo proceso por el delito contra el orden económico en su contra.

Mediante Auto Vario No. 48 del 18 de marzo de 2016, el Juzgado 15 de lo Penal admite el mismo y la Fiscalía presenta recurso de apelación.

El Segundo Tribunal en auto de Segunda Instancia No. 191 del 14 de diciembre de 2016, revoca el Auto Vario No. 49 del 18 de marzo de 2016, y en su lugar rechaza el incidente de nulidad.

Al ser rechazado el incidente de nulidad por el Segundo Tribunal de Justicia, la abogada Marcela Araúz presenta recurso de casación.

El Segundo Tribunal, a través del auto de Segunda Instancia No. 109 del 1 de septiembre de 2017, no admite el recurso de casación, por ende el 20 de junio de 2018, este Tribunal remite el expediente al Juzgado a fin que sea remitido a la Fiscalía.

8. Por este proceso, el Juzgado Decimoquinto de Circuito Penal en Auto Vario No. 256 del 7 de octubre de 2015, negó la acumulación de dos expedientes presentados por la Fiscalía Sexta Anticorrupción, en contra de V.B. y el investigado en sumarias (A.B.). Resolución que fue apelada por la Fiscalía.

El Segundo Tribunal de Justicia, a través del auto Segunda Instancia No. 186 de 12 de diciembre de 2016, confirma el Auto No. 256 emitido por el Juzgado 15 de lo Penal, y la defensa técnica a cargo de la licenciada Marcela Araúz presenta recurso de casación.

Este recurso que no fue admitido por el Segundo Tribunal, a través del auto de Segunda Instancia No. 109 del 1 de septiembre de 2017.

Los abogados, haciendo ejercicio de su defensa, tienen la disponibilidad de presentar todos los recursos que contempla el Código Judicial y Código Penal, por ende el Juzgado Decimoquinto de lo Penal no puede impedir a las partes hacer uso de los mismos.


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