EL PLENO RESOLVIÓ AMPAROS DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia se reunió este jueves 13 de septiembre y resolvió asuntos jurídicos de su competencia.
. En el encuentro de los nueve magistrados que componen la máxima El Pleno de la Corte Suprema de Justicia se reunió este jueves 13 de septiembre y resolvió asuntos jurídicos de su competencia.
. En el encuentro de los nueve magistrados que componen la máxima corporación de justicia se le dio trámite a cuatro Acciones de Amparos de Garantías Constitucionales. El magistrado Winston Spadafora fue el ponente en tres de las cuatro acciones y el magistrado Aníbal Salas en otro.
En el primer caso, el Pleno decidió No Admitir el amparo que presentó la Cooperativa de Servicios Múltiples de Puerto Armuelles (COOSEMUPAR, S:A) contra una orden de hacer contenida en una sentencia de la Und‚cima Junta de conciliación y Decisión del Ministerio de Trabajo, en un proceso laboral instaurado por el ciudadano Adán Atencio.
En el examen jurídico se determinó que durante el curso del proceso no se siguió el principio del debido proceso, al no tomarse en cuenta algunas pruebas que habían sido aportadas.
En el segundo caso el Pleno tampoco admitió un amparo de garantías constitucionales que presentó la Sociedad Anónima Instalation Veseel And Ports Security, S:A, contra una orden de hacer dictada por la Dirección General de Trabajo dentro de un pliego de peticiones presentadas por el Sindicato Nacional Democrático de Trabajadores de la Seguridad.
En este sentido el Pleno determinó que hubo violación al debido proceso porque en el acta de audiencia final del pleito faltó la firma de la parte trabajadora y esto constituye una clara violación porque no hubo notificación.,. El Pleno tomó en consideración que los actos de mera comunicación o trámite no admiten recurso alguno, salvo la afectación de derechos constitucionales e individuales, como ocurrió en este caso.
En el tercer negocio jurídico el Pleno tampoco admitió un amparo de garantías constitucionales que presentó el BBVA contra una orden de hacer dictada por el Juzgado Decimos‚ptimo de Lo Civil, del Primer Circuito Judicial de Panamá. En este proceso se dirimía una controversia porque el juez de la causa le concedió permiso de salida del país a uno de los miembros de una junta directiva de una entidad financiera quebrada, por razones de salud. El banco alegó que durante el proceso ninguna de las personas relacionadas con la entidad financiera investigada por la quiebra podía abandonar el país, pero se demostró que existe una razón plenamente justificada para esta salida. En el cuarto negocio jurídico resuelto el Pleno decidió admitir un amparo de garantías constitucionales que presentó la fundación Desarrollo Santa Clara y John Almillátegui contra una orden de hacer proferida por el Tribunal Superior de Coclé y Veraguas. En este proceso se discutía la posesión adquisitiva de dominio de un lote de terreno entre un particular y la referida fundación. Admitida esta acción , el pleno discutirá próximamente el fondo de este asunto.
Palacio de Justicia.
Ancón, 13 de 09 de 2007.
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