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JUECES MUNICIPALES DESIGNARÁN A JUECES DE PAZ SEGÚN PROYECTO DEL ÓRGANO JUDICIAL



_mg_6639cccc_440x293.jpgLos jueces de paz, quienes sustituirán a los corregidores a nivel nacional como parte del proyecto presentado por el Órgano Judicial dentro del Pacto de Estado por la Justicia, serían nombrados por los jueces municipales, según expuso en el Noveno Congreso Nacional de Abogados la coordinadora de Planes y Proyectos de la institución, Lenis Bustamante.

Durante su presentación ante los profesionales del derecho, Bustamante indicó que en el proyecto se concibió, después de las recomendaciones del Pacto de Estado por La Justicia por la necesidad de cambiar la justicia administrativa porque existe un desgaste normativo, ya que se rige bajo parámetros establecidos el 15 de noviembre de 1918; y Panamá es el único país de la región que tiene este sistema, por lo que urge la implementación de reformas que lo lleven a ser más eficiente y garantista, porque así lo demanda la ciudadanía.

El objetivo del Órgano Judicial es tratar integral y pacíficamente los conflictos que surjan dentro la comunidad, y brindar e independencia al juez de paz, lo que llevaría a una mejor transparencia y eficiencia.

Los jueces de paz, además, gozarían de estabilidad laboral y seguridad que brindan las normas del Órgano Judicial para el desempeño de las funciones. Estos jueces serían apoyados por los facilitadores judiciales, que serán escogidos para dar seguimiento al acuerdo firmado recientemente entre el Magistrado Presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Harley James Mitchell, y el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza.

Entre otros aspectos, la propuesta del Órgano Judicial —que ha sido presentada al Defensor del Pueblo, a la Procuradora General de la Nación, a la junta directiva del Colegio Nacional de Abogados, y a la Apede, entre otros grupos, y que será ampliamente consultada— contempla un mejoramiento salarial que estaría entre 1,200 y 1,300 dólares mensuales, preparación académica en la Escuela Judicial y cada uno tendría un equipo de trabajo formado por secretario, asistente, escribiente y oficial mayor.

_mg_6633_440x293.jpgEntre las competencias del juez de paz están conocer casos de orden civil, de orden familiar, y no podrá aplicar la sanción privativa de libertad, pero sí entregar medidas de protección, orden de alejamiento, boletas de protección, desalojo, entre otros.

"La posición del Órgano Judicial es presentar a la consideración pública este proyecto de ley que integre, en primera instancia de la justicia ordinaria, a los jueces de paz. _mg_6641_440x293.jpgEsto forma parte del complemento de acceso a la justicia, además se garantiza la estabilidad de los Jueces de Paz, así como una remuneración cónsona con la labor que se realiza, transparencia e independencia en las funciones, sin injerencias políticas”, puntualizó Bustamante.


Elaborado por Aurelio Martínez

PALACIO DE JUSTICIA GIL PONCE, ANCÓN

Panamá, 24 de septiembre de 2008

 

 


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