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PLENO DE LA CSJ DECLARA INCONSTITUCIONAL LEY N° 20 DE 21 DE JUNIO DE 2006



De forma unánime y con el voto razonado de dos magistrados, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró que es inconstitucional la Ley n.º 20 de 21 de junio de 2006, que deroga la Ley n.º 44 de 1999, por la cual se aprueban los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá, con lo que recupera vigencia la Ley n.º 44 de 31 de agosto de 1999, por la cual se aprueban los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá.

El fallo del Pleno de la CSJ de 17 de junio de 2024, con la ponencia de la magistrada María Eugenia López Arias, resuelve una demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el licenciado Publio Ricardo Cortés, actuando en su propio nombre para que se declare inconstitucional la Ley n.º 20 de 21 de junio de 2006 que deroga la Ley 44 de 1999, por la cual se aprueban los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá.

Entre las consideraciones del Pleno se tiene que la infracción constitucional se orienta medularmente, a que el Consejo de Gabinete y la Asamblea Nacional, no estaban facultados para derogar la ley que aprueba los límites de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá, ya que ello requiere de una propuesta previa de la Junta Directiva del Canal de Panamá, que es a la que le corresponde la administración, mantenimiento, uso y conservación de los recursos hídricos de la Cuenca Hidrográfica del Canal de Panamá. Así como la revisión de los límites, conforme a los artículos 316 y 319, numeral 5 de la Constitución Política y al artículo 18 de la Ley Orgánica.    

Los votos razonados son de los magistrados de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la CSJ, Cecilio Cedalise Riquelme y María Cristina Chen Stanziola.

 


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