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Segundo Tribunal Superior conceden fianza a exadministrador de la AIG



Mediante resolución N° 30-S.I. de fecha 29 de octubre de 2015, el Segundo Tribunal Superior de Justicia revocó el auto de fianza proferido por el Juzgado Décimo Tercero del Circuito de lo Penal de Panamá, y concedió el beneficio de excarcelación bajo fianza de Eduardo Jaén Limnio, sindicado por el supuesto delito Contra la Administración Pública, en perjuicio de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental (AIG), fijando la cuantía para gozar de libertad provisional en 150 mil balboas.

La decisión del Tribunal de Apelaciones, suscrita por los magistrados José Hoo Justiniani (Suplente Especial) y Adolfo Mejía, por la cual consideraron desacertada la negación de la fianza, en primera instancia, por el Juzgado Décimo Tercero, a cargo de la jueza Alina Hubiedo, se fundamentó -entre otras circunstancias- en que no existe evidencias de que el hoy imputado Jaén represente un peligro para la sociedad; ni tampoco existe el peligro de destrucción de pruebas y desatención del proceso, pues existe el compromiso de un fiador que debe presentar a su fiado tantas veces se le requiera. Aunado a lo anterior, enfatiza la resolución que el Código de Procedimiento contempla la medida cautelar de detención preventiva como última opción, en atención de las circunstancias de cada causa en particular.

Se desprende del auto de Fianza N° 30-S.I., que el señor Eduardo Jaén fungía como Administrador General para la Innovación Gubernamental (AGI) y quien suscribió un contrato con la sociedad Innovative Ventura S.A, que consistía en una plataforma de mensajería de texto móvil única para el uso del Estado, que garantizaba la autenticidad y privacidad para transmitir información sensitiva relativa a la seguridad ciudadana; contrato por el cual el Estado pagó la suma de B/.211,850.00. Sin embargo, se concluyó que las licencias y plataforma no fueron instaladas en la Policía Nacional, Ministerio de Seguridad, Ministerio de la Presidencia y el Ministerio Público.

Cabe destacar, que la jueza Décimo Tercera, en cumplimiento de lo dispuesto por el Segundo Tribunal Superior de Justicia al revocar el Auto de Fianza No.18 del 1 de octubre que negó el juzgado en primera instancia, una vez consignada la fianza, dispuso la libertad del prenombrado Eduardo Jaén Limnio, mediante Oficio No.48 del 29 de octubre de 2015, dirigida a la Dirección de Investigación Policial; y en Oficio adicional No.49 de 30 de octubre de 2015, al Director General del Sistema Penitenciario.

En esta investigación, el Juzgado Décimo Tercero también mediante Auto de Fianza N° 19 de 6 de octubre, denegó una solicitud de fianza de excarcelación en favor de Eduardo Briceño Avila, vinculado a esta investigación, pues fungió como director Nacional de Arquitectura Tecnológica de la AIG.

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