Tribunal Superior de Apelaciones revoca decisión de trabajo comunitario a sancionado en caso Odebrecht
En audiencia de apelación realizada la mañana de este jueves, 10 de octubre de 2019, los magistrados del Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, conformado por los magistrados Luis Mario Carrasco (presidente),Yiles Pittí y Fernando Alonso, revocaron la decisión de una juez de Cumplimiento, que favorecía al sancionado Raúl De Saint Malo, de pagar 960 días de trabajo comunitario en la Junta Comunal de Ancón, a partir del viernes 11 de octubre.
Este Tribunal basó su decisión en que cuando se aplica una sanción penal, no sólo se busca producir un efecto en la persona del sancionado, sino además mostrarle un ejemplo a la comunidad para que así vea, que cometer un delito, genera una consecuencia. Además, consideraron los magistrados que de acuerdo al Código Penal, los fines de la pena persiguen prevención especial, resocialización y rehabilitación general; y el juez tiene que buscar un equilibrio entre esos fines para cumplir las exigencias de la Ley.
Aunado a lo anterior, es la opinión del Tribunal Superior de Apelaciones que las Juntas Comunales que se utilizan para realizar el trabajo comunitario no son el mejor escenario para eso, no están diseñadas, ni previstas en la Ley, de acuerdo a los artículos 65 y 66 del Código Penal. Agregaron los magistrados que en efecto hay muchas personas trabajando en Juntas Comunales, debido a que la decisión del juez de Cumplimiento no llega a los Tribunales Superiores, el cual ha establecido su posición debido a que la Fiscalía no ha unificado criterios y son contados los casos de apelaciones.
Puntualizaron los magistrados del Tribunal de Apelaciones que los acuerdos son necesarios en esta sociedad, pero deben ser públicos y el Ministerio Público debe ser conteste entre sus motivaciones y el producto final; y ser valiente en presentarlo a la sociedad. “Se trata de una sentencia inquisitiva en la que se llegó a un Acuerdo por una ley que prevé que eso sea posible”, acotaron los magistrados.
Finalmente, agregó el magistrado vocero al sustentar su decisión que “el Tribunal no puede ignorar la gravedad del hecho; hasta el día de hoy los integrante de la Sala no conocen de ningún otro caso de blanqueo de capitales beneficiado con trabajo comunitario, por lo que no se le puede pedir al Tribunal que se aparte de los precedentes ya fijados”. Hizo también referencia a la igualdad frente a circunstancias parecidas y no hay suficientes razones para una excepcionalidad.
En esta audiencia de apelación que tuvo lugar en el Sistema Penal Acusatorio de Plaza Ágora, por el Ministerio Público la fiscal Tania Sterling hizo un resumen de su inconformidad con la resolución de la juez de Cumplimiento en la decisión apelada del 2 de octubre de 2019 y solicitó se revocara el Auto #4168, que otorgó el trabajo comunitario por 960 días al sancionado Saint Malo en la Junta Comunal de Ancón, donde realizaría labores administrativas y de campo: pintar bancas, cortar césped, trasladar sillas, mesas, toldas, y asistir a la comunidad, los viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., a partir del 11 de octubre.
Por su parte, la defensa particular, Nedelka Díaz, discrepó de los planteamientos de la Fiscalía e hizo referencia a que su representado ha sido colaborador, le ha dado la cara al proceso, devolvió $1.9 millones, dos buques y ayudó a rastrear el dinero; por lo que se ha logrado la incautación de $17 millones, a través de un acuerdo de colaboración eficaz con la Fiscalía Anticorrupción, que le permitió 60 meses de prisión, impuesta por el Juzgado Décimo Segundo de Circuito Penal de Panamá.
Ante esta revocatoria, y por la cual el Tribunal Superior de Apelaciones ordenó su inmediata detención para el cumplimiento de la pena por blanqueo de capitales, la defensa proclamó amparo de garantías.
Facebook
Twitter
Instagram
Youtube