El tribunal colegiado, en la sentencia condenatoria n.° 177, como pena accesoria, ordenó el comiso de un vehículo.
En este acto de audiencia, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Idelman Camaño, mientras que la asistencia legal del imputado estuvo a cargo del defensor privado Luis Bernal. El defensor público de víctimas del delito fue el licenciado Yairo Fernández.
Luego de analizar la argumentación de la Fiscalía y la Defensa, la juzgadora consideró que la detención provisional era la medida cautelar más cónsona por la gravedad, proporcionalidad y naturaleza del hecho punible, además de los riesgos procesales.
Con el objetivo de continuar garantizando el acceso al servicio público de administración de justicia, se llevaron a cabo durante los días sábado 30 y domingo 31 de julio, un total de 168 audiencias del sistema penal acusatorio (SPA), en las distintas oficinas judiciales del Primer Distrito Judicial
El Tribunal Superior de Apelaciones de la provincia de Chiriquí, integrado por los magistrados Luis Fernando Tapia (presidente), Jorge Luis De La Torre y Eugenio Basso, confirmó la medida cautelar personal de detención provisional proferida por una juez de garantías contra dos ciudadanos
En una audiencia de fase intermedia, la juez de Garantías del Segundo Circuito Judicial, Gionela Ortega, dictó el auto de apertura a juicio en contra de un ciudadano de 35 años, acusado por la presunta comisión del delito contra la vida y la integridad personal
La jueza de garantías de la provincia de Herrera, Julissa Saturno, en audiencia en el sistema penal acusatorio, decretó la medida cautelar personal de detención provisional para un ciudadano de nacionalidad nicaragüense, por la presunta comisión del delito contra la humanidad en la modalidad de tráf
Los jueces, luego de escuchar los argumentos de los intervinientes, estimaron que la medida cautelar personal de detención provisional era necesaria y proporcional a la naturaleza de los hechos.
Se legalizó su aprehensión y se dio por presentada la formulación de la imputación de los cargos efectuada por el Ministerio Público.
La jueza también impuso como pena accesoria una multa de B/.300.00 pagaderos al Tesoro Nacional, una vez concluida la pena principal.
La jueza también impuso como pena accesoria la inhabilitación para ejercer funciones públicas por 48 meses, una vez cumplida la pena principal.
La juzgadora manifestó que la medida cautelar personal impuesta era necesaria y proporcional a la naturaleza del hecho, aunado a los riesgos procesales, como son el peligro de fuga y de afectar medios de prueba, y peligro para la comunidad por la naturaleza grave del delito.
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