• Instagram

  • Youtube


Tribunal Superior de Apelaciones revoca suspensión de trabajo comunitario al exsupervisor de la SMV



El sentenciado Ignacio Fábrega, procesado por el delito contra la administración pública, en la modalidad de corrupción de servidores públicos, en perjuicio de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), deberá continuar cumpliendo con el trabajo comunitario en la Junta Comunal de Calidonia, tras la realización este martes, 28 de agosto, de una audiencia de apelación, celebrada en las instalaciones judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Plaza Ágora.

Así lo decidió unánimemente, el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito de Panamá, presidido por el magistrado Fernando Alonzo Valdés, junto a los magistrados Karolina Santamaria González y Eric Belgrave Huerta, al revocar el Auto N°6195 de 20 de agosto de 2018, donde una juez de Cumplimiento, suspendió el trabajo comunitario impuesto al sentenciado Fábrega, por supuesto incumplimiento con las condiciones impuestas, y en consecuencia, debe mantenerse cumpliendo con el trabajo comunitario.

Al respecto, los magistrados, tras un breve receso de 40 minutos donde valoraron los argumentos de sustentación de la apelación anunciada por la defensora pública, Aidil Castillo de Rojas y lo externado por la fiscal adjunta Rosario Palacio, de la Sección de Cumplimiento de la Fiscalía Anticorrupción, además de lo argumentado por la abogada querellante, Chelsy Contreras, y lo manifestado por el propio sancionado Ignacio Fábrega, quien se dirigió al Tribunal, estimaron que las irregularidades argumentadas no son atribuibles al sentenciado, sino más bien a la propia Junta Comunal de Calidonia, tal como se constató de irregularidades de al menos 32 carpetas seguidas de otros sancionados que cumplen trabajo comunitario en dicha Junta Comunal.

Por otro lado, sobre el argumento de dos ausencias injusticadas del sancionado en su trabajo comunitario, el Tribunal Colegiado consideró que no hubo mala fe ni dolo en su actuar, por cuanto en la primera sí se contó con el permiso de su supervisor inmediato para asistir a una cita médica, y en la segunda, no se ausentó del todo, sino más bien se retiró unas horas antes de la salida, para precisamente entregar personalmente a la Oficina Judicial de Plaza Ágora, los informes del cumplimiento de su medida, pues la Junta Comunal tenía inconveniente para ello.

Estas y otras consideraciones, motivó que el Tribunal Superior de Apelaciones, revocara la decisión de la juez de Cumplimiento, al concluir que las condiciones no fueron infringidas por el sancionado Ignacio Fábrega, a quien se le advirtió que debía seguir con el trabajo comunitario, como sustituto de la pena de 60 meses de prisión, que le impuso el Juzgado Primero de Circuito Penal de Panamá, mediante sentencia condenatoria N°96 de 3 de septiembre de 2015, decisión confirmada por el Segundo Tribunal Superior de Justicia, mediante auto de segunda instancia N°31 de 15 de mayo de 2017.

Ignacio Fábrega, cumple con su trabajo comunitario en la referida Junta Comunal de Calidonia, como ayudante general en la piscina y área del Complejo de San Miguel, todos los lunes de cada semana, en horario de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, jornada asignada en su momento por un juez de Cumplimiento, el 28 de marzo de 2018.


Redes Sociales