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18 años de cárcel por robo agravado



Bajo la ponencia del magistrado Secundino Mendieta, el Segundo Tribunal Superior de Justicia declaró culpables a Gil Ernesto González, Mario Augusto Domínguez Marks y José Arroyo Ford, condenándolos a 18 años de prisión por el delito de robo agravado en perjuicio de Daniel Carrizo Jiménez (q.e.pd.).

Además, este Tribunal los absolvió de los cargos formulados por el delito de homicidio doloso, en perjuicio de Carrizo Jiménez.

La decisión se fundamentó en las pruebas testimoniales, la evidencia física y los dictámenes periciales, que determinaron que la bala que ocasionó la muerte del joven, provenía del arma que utilizó el menor que participó en el hecho, quien fue condenado en octubre de 2010, por el Juzgado Segundo Penal de Adolescentes a 12 años de prisión por el homicidio del joven de 19 años.

Los testimonios de los familiares indicaron que el menor fue quien inició los disparos indiscriminadamente contra las unidades policiales y en el medio se encontraba el joven Carrizo. Igualmente, se acreditó que los fragmentos encontrados en el cuerpo del occiso provenían del arma 9mm que utilizó el menor en el hecho.

Así mismo, el informe del médico forense determinó que “la herida concuerda con la posición que se nos describió del fallecimiento con respecto al menor de edad que disparó”.

El representante de la Fiscalía Tercera Superior apeló la decisión del Tribunal, de absolverlos del homicidio y le corresponderá a la Sala Segunda de lo Penal resolver dicho recurso.

El hecho se registró en marzo de 2010, cuando unos sujetos ingresaron a la residencia de la Familia Carrizo en Hato Pintado.

Secretaría de Comunicación

Panamá, 23 de junio de 2014


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