Absuelven a directivos de empresa por supuesta contaminación de laguna en Darién
Dentro del proceso por supuestos daños ecológicos al entorno de la Laguna de Matusagaratí, el Juzgado de Circuito Judicial de la Provincia de Darién, dictó este lunes 11 de abril de 2016, una sentencia absolutoria N° 13, en favor de Diego Hurtado Pérez y Francisco José Hurtado Pérez, ambos dignatarios de la empresa Agricultura y Servicios de Panamá, S.A. (AGSE, PANAMÁ, S.A.), de los cargos que les fueron formulados por el delito contra el ambiente y ordenamiento territorial, hecho denunciado por la organización “Alianza por un mejor Darién”.
El fallo, que estuvo a cargo del juez Suplente Orlando Henríquez Sánchez, establece que del análisis del caudal probatorio, incluyendo experticias del Laboratorio de Toxicología Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf), entre otras inspecciones oculares, se demuestran de forma técnica, científica y pericial que no se ha producido daño ecológico alguno a la Laguna de Matusagaratí, por acciones dentro de los predios de la empresa AGSE, PANAMÁ, S.A. Destaca el fallo, que lo aseverado por peritos del Imelcf, que señalan que si bien se encontraron contaminación en las aguas, las mismas no fueron por presencia de plaguicidas; y que las posibles alteraciones al ecosistema datan de muchos años de antelación como consecuencia de la expansión de actividades agrícolas y ganaderas, que no son compatible con las actividades que desarrolla la empresa AGSE, PANAMÁ, S.A.
Aunado a lo anterior, la sentencia establece que a la Laguna de Matusagaratí no se le ha realizado un levantamiento topográfico a fin de determinar su superficie, como tampoco ha sido declarada humedal, ni de importancia internacional, ni existen estudios a profundidad ni dentro, ni fuera del área protegida.
Concluye el juzgador en su fallo que no se ha probado que la empresa AGSE, PANAMÁ, S.A., representada por lo señores Francisco Hurtado Pérez y Diego Hurtado Pérez, vicepresidente y representante legal, respectivamente, hayan causado daños ecológicos al entorno de la Laguna de Matusagaratí, por acciones propias o a través de terceros.
En ese sentido, el juez Henríquez Sánchez ordenó también levantar todas y cada una de las medidas cautelares impuestas durante el proceso a los prenombrados. Asimismo, denegó la solicitud de compulsar copias por supuestas ventas de tierras en el sector, pues no guarda relación directa con los hechos denunciados.
La audiencia preliminar surtida a través de un proceso abreviado se realizó el pasado 31 de marzo de 2016, en donde participó el Fiscal Segundo de Circuito Judicial de Darién, especializado en delitos contra el ambiente, Norberto Espinoza; además del defensor técnico de los imputados, Rolando Rodríguez.
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