Confirman detención provisional de colombiano y aplican otras menos severa a otros dos imputados, por caso de drogas
En audiencia celebrada este miércoles, 18 de abril, el Tribunal de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, confirmó la detención provisional contra un ciudadano de nacionalidad colombiana, quien se hizo responsable de una droga encontrada en su residencia en el sector de Carrasquilla, luego de una diligencia de allanamiento, y asimismo, el Tribunal revocó la detención provisional que pesaba sobre otro sujeto colombiano y una panameña, funcionaria del Órgano Judicial, aplicándole en su defecto a ambos el reporte periódico y la prohibición de salida del país.
Esta decisión se dio luego que los magistrados del Tribunal de Apelaciones, Adilio González (presidente), Asunción Alonso y Diego Fernández, analizaran la sustentación de la apelación hecha por los defensores particulares Eliecer Plicet, Kevin Ritt y Samuel Duque, así como la contra argumentación hecha por la representante de la Fiscalía de Drogas, Delia Burgos Miranda.
En ese sentido, los magistrados del Tribunal procedieron a realizar un análisis separado de cada uno de los hoy imputados, iniciando por el ciudadano colombiano de 20 años de edad, destacando que la medida cautelar personal de detención provisional decretada el pasado 12 de abril, por la juez de Garantías, Marisol Ortíz, fue necesaria y proporcional, atendiendo la gravedad del delito por tratarse de tres tipos de drogas encontrada (cocaína, marihuana y éxtasis), y al peligro de fuga, por cuanto se trata de una posible pena a imponer de 8 a 12 años de prisión, que hacen inferir la existencia de eludir el proceso, por lo que se hace necesario mantener la detención provisional del mismo, quien en el propio acto de audiencia reiteró que introdujo la droga a la residencia en horas de la madrugada cuando su padre y esposa estaban durmiendo.
En cuanto al otro ciudadano de nacionalidad colombiana, de 54 años de edad, que resultó ser el padre del primero, a juicio del Tribunal de Apelaciones, sí existen arraigos de familiaridad, laboral y domiciliario, ya que reside desde hace 14 años en Panamá. Aunado a lo anterior, destacaron los magistrados, que ninguno de los informes policiales estuvieron dirigidos a su persona, lo que hacen ver un menor grado de compromiso con relación a los hechos imputados. Por ello, ante la no existencia concreta de algún riesgo procesal, revocaron la detención provisional y en su defecto aplicaron el reporte periódico los días lunes, miércoles y viernes de cada semana, así como el impedimento de salida del país, sin autorización judicial.
Finalmente, en cuanto a la vinculación de la funcionaria judicial, el Tribunal de Apelaciones destacó que la propia juez de Garantías indicó en la audiencia previa que no existían riesgos procesales concretos contra la funcionaria, tan sólo la contravención de las 100 Reglas de Brasilia, por el grado de vulnerabilidad en que se vieron expuestos sus menores hijos, al supuestamente encontrarse la droga expuesta en toda la casa, tal como lo reiteró en el acto de audiencia la representante del Ministerio Público. Al respecto, los magistrados aclararon que -tal como se leyera en el informe policial- las pastillas éxtasis fueron encontradas en un compartimiento del coche del bebé, y no expuestos como indicó la fiscal.
La anterior circunstancia de la vulneración de las 100 Reglas de Brasilia, por sí sola -concluye el Tribunal- no puede ser concluyente como para aplicar la más severa de las medidas cautelares, y tomando en consideración que su cónyuge se hizo responsable de la droga encontrada, además que tampoco existe ningún informe policial que indique que ella se dedicaba a actos ilícitos, es por lo que también se revoca su detención provisional y se le aplican las medidas cautelares personales de reporte periódico los días lunes, miércoles y viernes de cada semana, así como la prohibición de salida del país, sin autorización judicial.
En ese sentido, en el mismo acto de audiencia, los magistrados del Tribunal de Apelaciones ordenaron la inmediata libertad del sujeto colombiano de 54 años y de la servidora judicial de 26 años de edad.
Este proceso se originó producto de una serie de diligencias de allanamientos en una barraca ubicada en Carrasquilla, que fue coordinada por la Fiscalía de Atención Primaria del Área Metropolitana con la Policía Nacional, denominada operación “Pipiolo”, en donde se encontró una cierta cantidad de droga en la residencia de los hoy imputados.
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