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EL DESPACHO DEL MAGISTRADO CECILIO CEDALISE RIQUELME, PONE EN CONOCIMIENTO LO SIGUIENTE:



En Sentencia fechada el 14 de octubre de 2020, proferida por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, bajo ponencia de este despacho, ante la Acción de Amparo de Garantías Constitucionales propuesta por la Fiscal Ruth Morcillo, contra el Auto No 14-S.I de 30 de enero de 2020, emitido por el Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, se dispuso NO ADMITIR la referida acción habida cuenta que no llegó a apreciarse posible vulneración de derechos fundamentales, ya que lo cuestionado pertenece a un tema de legalidad, siendo la razón del criterio sostenido por esta Corporación Judicial.

 

Se informa que el reparto fue celebrado el día 28 de abril de año en curso, y después de vencido el plazo de lectura del proyecto (a finales de julio de este mismo año), se presentó una solicitud de impedimento que fue decidida el 3 de septiembre de 2020.

 

La decisión del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, adoptada por mayoría, se produjo ante el cuestionamiento de una actuación del Segundo Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, dentro de una investigación penal que se sigue a determinadas personas, por la supuesta comisión de delitos contra el orden económico y contra la administración pública en perjuicio del Ministerio de Obras Públicas.

 

Se aclara que este pronunciamiento, dictado con estricto apego en la Ley, no guarda relación con las otras acciones presentadas ante esta Superioridad, por razón de distintas causas penales, las cuales son de dominio público.

 

Dado en la ciudad de Panamá, a lo quince (15) días del mes de octubre de dos mil veinte (2020)


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