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Exboxeador continuará cumpliendo su trabajo comunitario



El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, conformado por los magistrados, Adilio González, (presidente), Andrés Reyes, y Frank Torres, decidieron, hoy 9 de julio de 2018, mantener la decisión de la juez de Cumplimiento del Primer Circuito Judicial, Hormilda Miranda, de mantener la medida de trabajo comunitario al exboxeador, Celestino “Pelenchín” Caballero, mediante auto, 5008 del 2 de julio de 2018.

El Tribunal basó su decisión, en que no existe incumplimiento por parte del señor Caballero, debido a que el mismo ha comparecido en las fechas estipuladas a realizar su trabajo comunitario y realiza su reporte todos los días 13 de cada mes, ante Tribunal de Cumplimiento de la Provincia de Colón.

El Tribunal también acotó, que el sancionado al realizar la labor de trabajo comunitario en el departamento de ornato y aseo del Municipio de Colón, el mismo tiene que estar en calles, avenidas y parques de la periferia del distrito de la provincia, y por lo tanto no debe estar en las oficinas; por lo cual debe prestar un servicio en favor de la comunidad.

El Magistrado González, también puntualizó al sentenciado, que debe cumplir fielmente con su labor de trabajo comunitario, debido a que si incumple con los establecido, se le suspenderá la medida de trabajo comunitario y deberá terminar su condena en prisión.

El Ministerio Público que estuvo representado por la fiscal especializada en delitos relacionados con drogas, Laura Martínez, peticionó al Tribunal, que se debía revocar la medida de trabajo comunitario al sentenciado, debido a que no habían reportes de su asistencia en el mes de junio, el mismo se estaba desempeñando como inspector imponiendo boletas, también sostuvo la fiscal, que el señor Caballero se le vio tomándose fotos, dando autógráfos y concediendo entrevistas en un horario en el que debería estar realizando su trabajo comunitario.

La fiscal Martínez también acotó que el sentenciado, violó la disposición del lugar de trabajo, que debió ser calle 11 y Meléndez como ayudante general de ornato y aseo del Municipio de Colón.

Por su parte la abogada de la defensa, licenciada Sheila Wharton, argumentó ante el Tribunal de Apelaciones que se mantuviera la medida de trabajo comunitario a favor de su representado, debido a que el señor Caballero, realiza su labor de trabajo comunitario en las áreas públicas del Distrito de Colón, ha mantenido un buen comportamiento, y realiza su reporte periodico los días 13 de cada mes ante el Tribunal de Cumplimiento de la Provincia de Colón.

La abogada Wharton, también sustentó, el por qué no estaban los reportes del mes de junio en la carpetilla de la asistencia del señor Caballero, debido a que según lo establecido ante el juez de cumplimiento los reportes se presentarían los 13 de cada mes, y hoy, apenas es 9 de julio.

El 21 de mayo del presente año, se le sustituyó la pena de 5 años de prisión al señor Celestino “Pelenchín” Caballero Martínez, por trabajo comunitario bajo condiciones que debía cumplir.



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