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Tribunal Superior de Apelaciones confirma decisión de Juez Justo Vargas



El Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá, conformado por los magistrados Yiles Pittí (presidenta), Diego Fernández y Ruth Aizpú consideró, de manera unánime, no admitir la petición de fianza de excarcelación solicitada por la defensa de un expresidente de la República, acusado por los delitos de inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad, y contra la administración pública y, a su vez, confirmó la decisión del juez de Garantías Justo Vargas, del pasado 4 de febrero.



En acto de audiencia, celebrado hoy, 11 de febrero del 2019, en el Salón de Audiencias del Segundo Tribunal Superior de Justicia del Palacio Gil Ponce, los magistrados, luego de tres horas de deliberación y de escuchar a todas las partes intervinientes, dieron a conocer su decisión. El Tribunal indicó que hubo muchos elementos a evaluar como las condiciones jurídicos penales, la situación medico legal del acusado y los arraigas señalados por la defensa, así como la proximidad de la fecha de juicio oral, que es el 12 de marzo.



El pasado 4 de febrero, el juez de Garantías Justo Vargas decidió negar la solicitud de fianza de excarcelación indicando que no encontraba variación en las circunstancias jurídico penales del acusado, por lo cual, mantuvo la medida cautelar de detención provisional al procesado.



En el inicio de la audiencia se dio traslado a la parte apelante para que plantearan su disconformidad con la decisión dada por el juez de Garantías y, a su vez, sustentaran sus fundamentos de hecho.



Alfredo Vallarino Alemán, abogado defensor, hizo lo propio recordando las peticiones reclamadas en la audiencia de solicitud de fianza de excarcelación, que se realizó la semana pasada en el mismo recinto. Vallarino enfatizó en que, para reforzar la petición de fianza (500 mil dólares) propusieron varias medidas cautelares como el reporte periódico cada 15 días ante los tribunales, prohibición de salida del país, entrega de pasaportes, la prohibición de acercarse a las víctimas, testigos y querellantes del proceso, así como que su defendido fuera monitoreado en tiempo real por un sistema GPS, manejado a través de celulares.



En tanto, la fiscalía, representada por la licenciada Delia de Castro, fiscal Superior de la Fiscalía contra la Delincuencia Organizada, como contestación de los argumentos de la parte apelante, manifestó que, en primer lugar, había que recordar que existía una causa criminal abierta, es decir un auto de apertura a juicio y, como señaló en audiencia anterior, antes de que la causa fuera llevada al Sistema Penal Acusatorio, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) validó todo lo actuado por el entonces magistrado de Garantías, Jerónimo Mejía. “En esta causa se establece que hay un delito y elementos probatorios que vinculan al hoy acusado”, detalló.



De Castro indicó que hay antecedentes que indican riesgo de desatender el proceso y de destrucción de prueba. Por lo anterior, solicitó al Tribunal de Apelación que negara el derecho de acceder a la fianza a la parte solicitante.



Finalmente, los seis querellantes que se encontraban presentes en el acto, representados por los abogados David Cuevas, Nicomedes Castillo, Jovan Jaramillo, Carlos Manuel Herrera, Eliodulfo Palacios y Michel Doens, también pidieron al tribunal que se mantuviera la negativa de la fianza de excarcelación, tal como falló el juez de Garantías Justo Vargas, argumentando que “no había variación de las circunstancias jurídicos penales dentro del proceso que se le sigue al acusado”.



El pasado 7 de diciembre de 2018, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declinó la competencia ante el Tribunal de Juicio del Sistema Penal Acusatorio, e indicó que se validaban las actuaciones surtidas por el magistrado de Garantías, Jerónimo Mejía, durante la etapa intermedia del caso.



Luego, el 21 de enero de 2019, el despacho del magistrado fiscal Harry Díaz entregó al Ministerio Público la carpeta dentro de esta causa.

 


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