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Juez de Cumplimiento define pena a cumplir a exdirector de la CSS



Hasta el próximo 30 de abril de 2018, deberá mantenerse el sancionado René Esteban Luciani Lasso, exdirector de la Caja de Seguro Social (CSS), cumpliendo la pena de prisión impuesta en el Centro Penitenciario El Renacer, como autor del delito contra la salud pública, por el envenenamiento masivo de dietilenglicol, así lo estableció el juez de Cumplimiento del Primer Circuito Judicial de Panamá, Roberto Sánchez.

Lo anterior se da luego que el juez no accediera a la petición de la defensa particular, en el sentido de sustituirle el resto de la pena que le faltaba por cumplir a Luciani Lasso hasta el 30 de abril, por el arresto domiciliario; ello en virtud de un reconocimiento por su buena conducta y atendiendo la facultad discrecional del juez.

En ese sentido, el juzgador ponderó el hecho que para tal beneficio se requería el haber cumplido un 70% de la pena, no obstante, el sancionado Luciani no ha alcanzado ni siquiera la mitad de la pena impuesta, pues sólo ha cumplido 70 días, desde que fue detenido el pasado 5 de febrero de 2018. Aunado a lo anterior -sustentó el juez Sánchez- tampoco la defensa técnica informó el lugar de residencia donde cumpliría la pena el hoy sancionado, ni tampoco la persona responsable de garantizar dicha obligación, entre otros requisitos para gozar de este beneficio discrecional y de facultad del juez de Cumplimiento.

Previo a esta decisión, el juez de Cumplimiento Roberto Sánchez, luego de escuchar la petición formulada por el defensor particular Carlos Carrillo Gomila, así como los argumentos de la Fiscalía Superior de Descarga de Homicidio y Femicidio, Roxana Hernández; del representante de la querella del interés difuso de las víctimas, Carlos Lee Vásquez; y de una de las víctimas, concluyó como fecha de fin de pena el próximo 30 de abril de 2018, tras el cómputo matemático de la pena que se hizo, en donde incluyó el reconocimiento de la medida cautelar de impedimento de salida del país impuesta al sancionado René Luciani (393 días), así como el trabajo intramuro que realizó en el centro penal (9 días), y 4 días que mantuvo detenido durante el proceso.

En este acto de audiencia realizado este lunes, 16 de abril, en la unidad judicial de Plaza Ágora, el juez le concedió la palabra al señor Pedro Montañez, víctima por el dietilenglicol, quien solicitó una justicia implacable contra el sancionado, por lo que él consideró un crimen de lesa humanidad. También el sancionado Luciani ponderó al juez su parecer con respecto a su situación jurídica.

Al sancionado René Luciano, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le revocó la absolución que en primera instancia le dio el Segundo Tribunal Superior de Justicia, y en su lugar se le condenó a la pena de 18 meses de prisión, pena que fue rebajada a 16 meses de prisión por una juez de Cumplimiento, al reconocerle los reporte de medida cautelar, decisión ésta que fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones del Primer Distrito Judicial de Panamá.



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