Juez de Cumplimiento niega sustitución de pena de prisión en caso del homicidio del Padre Gallego
El juez de Cumplimiento de Veraguas, Carlos Guevara, mediante el Auto n.° 1640-25, rechazó la solicitud de prisión domiciliaria presentada por la defensa legal de un exmilitar de 94 años. En su lugar, ordenó el cumplimiento de la pena en un centro penitenciario, por la comisión del delito de homicidio doloso agravado en perjuicio del sacerdote Jesús Héctor Gallego.
Durante la audiencia celebrada este jueves 15 de mayo, el juez, tras escuchar a las partes, fundamentó su decisión en lo establecido en el artículo 108 del Código Penal, que regula la sustitución de las penas y que, en su último párrafo, señala: “Esta disposición no será aplicable cuando se trate de delitos contra la humanidad o del delito de desaparición forzada de personas”.
En ese sentido, ordenó el ingreso del sancionado a un centro penitenciario para que cumpla la pena de 15 años de prisión impuesta en 1994, luego de que un jurado de conciencia lo declarara culpable.
El Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Moisés Tuñón, mientras que la defensa del sentenciado fue ejercida por la abogada del Instituto de la Defensa Pública, Iris Kuruc.
La investigación de esta causa se origina por la desaparición forzada del sacerdote colombiano Jesús Héctor Gallego Herrera, ocurrida el 9 de junio de 1971 en el distrito de Santa Fe.
Por: Arisenia Rodríguez
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