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Juez de cumplimiento ordena el traslado de la Nueva Joya a Centro Penitenciario de Chiriquí a privado de libertad por violación de derechos humanos



En una videoaudiencia, que se realizó en las instalaciones del Sistema Penal Acusatorio de Chiriquí, la juez de Cumplimiento, Katherine Pittí de Molina, ordenó que se trasladara al sentenciado Enrique González, del Centro Penitenciario la Nueva Joya en Panamá al Centro Penitenciario de Chiriquí, por la violación al debido proceso y a los derechos humanos.

González fue condenado a 30 años de prisión por el delito de femicidio y robo, en perjuicio de Cindy Ibarra, (QEPD) y de su madre Analida Caballero, hecho ocurrido el 22 de marzo de 2016, en la comunidad de Bágala, distrito de Boquerón, provincia de Chiriquí.

La juez luego de escuchar al defensor privado, Duay Lizondro y a la fiscal de Cumplimiento, Ninoshka Machado y a la subdirectora del Centro Penitenciario de Chiriquí, Itzel Saldaña, autorizó el traslado del condenado al penal de Chiriquí, al considerar que hubo una violación a sus derechos humanos.

La juez basó su decisión en que se le violó el derecho familiar, al mantener al reo lejos de su familia, por lo que se le limitó el proceso de resocialización, según consta en el artículo 59 de la Ley 55 del Sistema Penitenciario, así como el respeto y garantías constitucionales de los reos.

Por tanto, aseguró que el debido proceso fue violentado por el director general del Sistema Penitenciario, al no cumplir con la Ley 55 y decreto 393, que se refiere a las garantías del privado de libertad.

En audiencia, hizo un llamado de atención, que posteriormente será por escrito, al director general del Sistema Penitenciario, Armando Medina, porque no envío la nota que justificó el  traslado del reo, solicitada por la juez, en varias ocasiones.

Dicha nota, obtenida por la juez por otro funcionario, estaba firmada y autorizada por el director general, en donde solo se indicaba que por motivos de orden y seguridad se remitía el privado de libertad a la capital panameña, pero no hubo un sustento legal para hacerlo.

La Junta Técnica del Centro Penitenciario de David, dijo que no consta indisciplina o mal comportamiento por parte del reo.



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