Juez de Garantías reforma medidas cautelares a alcalde de Los Santos
Dentro del proceso conocida como la operación “El Gallero”, el juez de Garantías, Justo Vargas, admitió la solicitud presentada por la abogada Gladys Quintero, de levantamiento de medidas cautelares, a favor del alcalde de Los Santos, y se dispuso mantenerle la medida de prohibición de salida del país, y reformarle la medida de reporte todos los lunes, por los días 15 y 30 de cada mes.
Además se le levantó la medida de prohibición de salida del distrito de Los Santos, y se le suspendió la medida de separación del cargo.
Esta decisión fue emitida por el juez de Garantías, luego de conocer lo resuelto por el Primer Tribunal Superior de Justicia, de fecha 15 de marzo de 2018, que concedió un amparo de garantías constitucionales, que revocó la presentación de la formulación de imputación que hizo la Fiscalía Especializada en Delitos Relacionados con Drogas, contra el alcalde de Los Santos, por la presunta comisión de los delitos de blanqueo de capitales y corrupción de servidores públicos.
En ese sentido, el juez Vargas fundamentó su decisión en los artículos 2625, 995 y 1138, numeral 2 del Código Judicial; el artículo 5 del Código Penal; los artículos 25 y 30 de la Convención Americana de los Derechos Humanos; los artículos 17 y 215 de la Constitución Política; y los artículos 14 y 221 del Código Procesal Penal.
Esta resolución se da luego que la defensora particular, solicitara al juez de Garantías el levantamiento de las medidas cautelares en contra de su defendido, al considerar que las medidas afectaban los derechos de su representado, “no se puede mantener aplicada una medida cautelar, sin la existencia de cargos imputados”, puntualizó
Por su parte, el fiscal Primero Superior Especializado en Delitos Relacionados con Drogas, Markel Mora, señaló que a pesar que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, admitió la apelación en efecto devolutivo, existen peligros procesales si se levantan las medidas.
A raíz de la decisión del juez de Garantías, la fiscalía anunció recurso de apelación contra el levantamiento de las medidas cautelares del alcalde, y la audiencia fue fijada ante el Tribunal Superior de Apelaciones del Primer Distrito Judicial, para el12 de abril, a las 10:00 a.m., en la sala 12 de las instalaciones del SPA en Plaza Ágora.
Es importante aclarar a la ciudadanía que las resoluciones que son apelables, el artículo 169 numeral 6 del Código Procesal Penal, dispone lo siguiente “la que decide o resuelve las medidas cautelares personales, sin suspender la ejecución de la medida”.
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