La mayoría de las denuncias contra jueces no son admitidas porque responden a desacuerdos con decisiones judiciales
Magistrado investigador José Luis Alfaro De León explicó en OJudicial Podcast y OJudicial Radio el alcance del régimen disciplinario y presentó estadísticas sobre la labor de la Unidad Especial de Investigación de Integridad y Transparencia.En su segunda participación en los programas institucionales del órgano Judicial, señaló que la mayoría de las denuncias que se presentan contra jueces y magistrados no son admitidas porque se fundamentan en el desacuerdo de las partes con las decisiones adoptadas dentro de un proceso judicial y no en el incumplimiento de deberes funcionales.
El magistrado aclaró que esa labor intelectiva que hace el operador de justicia al momento de valorar los hechos, las pruebas y el derecho, se encuentra resguardada por el principio de independencia judicial; por tanto, cualquier inconformidad debe plantearse mediante las acciones o recursos legales o constitucionales establecidos en el ordenamiento jurídico, y no a través del régimen disciplinario.
En ese contexto, explicó que el derecho disciplinario únicamente interviene cuando se acredita el incumplimiento de los deberes funcionales del servidor judicial.
Las estadísticas de la Unidad Especial de Investigación de Integridad y Transparencia (UEIIT) respaldan esta realidad. Desde el inicio de sus funciones hasta junio de 2026, la Unidad ha investigado 1,819 causas, de las cuales 707 estuvieron relacionadas con jueces, lo que representa el 38.9 % del total de expedientes tramitados.
En el caso particular de los jueces, 35 de esas investigaciones culminaron con solicitudes de audiencia ante el Tribunal Especial de Integridad y Transparencia y, como consecuencia de ello, se dictaron en primera instancia veinte (20) sentencias condenatorias (57.1 %), siete (7) absoluciones (20 %) y ocho (8) casos concluyeron por otras situaciones procesales (22.9 %).
Las sanciones impuestas como consecuencia de esas veinte (20) sentencias condenatorias, se distribuyen de la siguiente manera: ocho (8) amonestaciones públicas (40 %), seis (6) multas equivalentes entre el 10 % y el 25 % del salario (30 %), cinco (5) suspensiones del cargo con privación de sueldo de entre quince (15) días y tres (3) meses (25 %) y una destitución (5 %). Esta última sanción no logró ejecutarse debido a la acción impugnativa del servidor judicial quien, antes de celebrarse la audiencia de segunda instancia, optó por presentar su renuncia y eso generó la sustracción de materia.
El magistrado Alfaro De León indicó que las sanciones impuestas a jueces durante los últimos años han obedecido principalmente a conductas como la negligencia en el ejercicio del cargo, el incumplimiento de decisiones emitidas por tribunales superiores, la falta de motivación de las resoluciones judiciales y la mora en la administración de justicia.
De manera general, la Unidad Especial de Investigación de Integridad y Transparencia ha investigado 1,819 causas desde el inicio de sus funciones, de las cuales 1,760 concluyeron la fase de investigación. Asimismo, presentó 520 solicitudes de audiencia ante el Tribunal Especial de Integridad y Transparencia, dando como resultado 400 sanciones en primera instancia y 94 absoluciones.
Del total de sanciones impuestas, 354 corresponden a amonestaciones públicas (89 %), 29 a multas (7 %), 13 a suspensiones del cargo con privación de sueldo (3 %) y 2 destituciones (1 %).
La Unidad Especial de Investigación de Integridad y Transparencia reafirma su compromiso con la investigación objetiva de las denuncias disciplinarias y con la aplicación del régimen disciplinario en estricto apego al debido proceso, contribuyendo al fortalecimiento de la transparencia, la integridad y la confianza ciudadana en la administración de justicia.
Redacción: Joel Omar González.
Fotografías: Zuwayda González.
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