Niegan Acción de Hábeas Corpus a ciudadano imputado por robo agravado en Coclé
El Tribunal Superior de Apelaciones del Segundo Distrito Judicial conformado por los magistrados Samir Tejeira, Mauricio Marín y Daniel Vargas, en audiencia realizada en la sede el Sistema Penal Acusatorio en la ciudad de Penonomé, decidió no conceder la Acción de Hábeas Corpus presentada por un ciudadano imputado por la presunta comisión del delito contra el patrimonio económico en la modalidad de robo agravado.
En su lugar, el tribunal colegiado declaró legal la orden de detención provisional dictada por una juez de garantías de la provincia de Coclé en la audiencia de solicitudes múltiples realizada el pasado 30 de diciembre en vista de que no se evidenció infracción a la garantía del debido proceso consagrada en la Constitución Política y en el Código Procesal Penal.
Luego de escuchar los argumentos de las partes intervinientes, el Tribunal Superior de Apelaciones, basó su decisión en el hecho de que el sujeto fue aprehendido en flagrancia portando un arma de fuego e intentó darse a la fuga al notar la presencia policial.
Además, se tomó en cuenta la gravedad del hecho punible, la posible desatención del proceso y el riesgo para las víctimas, sumado a la existencia de antecedentes penales que mantiene el imputado.
En este acto de audiencia el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Braulio Luis Guerra, mientras que el imputado fue asistido legalmente por el abogado del Instituto de la Defensa Pública, Fernando Rodríguez.
La investigación de la presente causa penal inició el pasado 29 de diciembre en horas de la noche cuando una persona, utilizando pasamontañas y arma de fuego, ingresó a una residencia y despojó de sus equipos celulares a tres víctimas. El hecho se dio cerca al Colegio Rodolfo Chiari, en el distrito de Aguadulce, provincia de Coclé.
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