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Nota Aclaratoria del Segundo Tribunal



El Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, aclara que el Auto Vario N° 103 P.1, con fecha de 16 de julio del 2018, que circula entre la opinión pública es falso.

La programación por los procesos penales por los delitos de pandillerismo es competencia de los Tribunales en primera instancia, es decir, los juzgados penales. Mientras que al Segundo Tribunal Superior le corresponde resolver las apelaciones y otros tipos de recursos.

Además, el nombre de la secretaria (Licda. Maritza López de Sánchez), que aparece en el documento es falso, puesto que dicha persona, no labora en este tribunal.



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