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Nota aclaratoria por el caso conocido como PAN- Granos



Ante las declaraciones surgidas en un medio de comunicación por el proceso en contra de 60 imputados por el delito contra la administración pública, por el caso denominado (PAN – GRANOS) que consta de 77 tomos y 41,976 fojas, en perjuicio del Programa de Ayuda Nacional (PAN), el juez Leslie Loaiza del Juzgado Décimo Quinto del Circuito Penal, señalóque la fecha de audiencia que fue agendada para el mes de marzo de 2019, fue postergada luego que tresabogados presentaron incidentes de nulidad, los cuales fueron resueltos y después fueron apelados por el Ministerio Público, y se encuentra en espera de su remisión al Segundo Tribunal Superior de Justicia.

Además, el juez aclaró lo siguiente:

Queprevio al ingreso del expediente al Juzgado Décimo Quinto del Circuito Penal, ya se habían presentado 12 incidentes de controversia porparte delos abogados Edna Ramos, Almengor Caballero, Eduardo Sequeira y Victor Orobio contra resoluciones emitidas por la Fiscalía, y un incidente de acumulación, presentadopor parte del abogado Victor Orobio, el 20 de agosto de 2015, para que el expediente de Granos y Blanqueos fueran acumulados, esto mientras que el expediente se encontraba en instrucción, seguidamente fueron resueltos y apelados por ellos mismos y por el Ministerio Público.

Para el 1 de octubre de 2015, este Juzgado negó,a través del Auto N° 249,el incidente de acumulación.

Este Auto N° 249 fue apelado por el licenciado Victor Orobio, el cual fue remitido al Segundo Tribunal el 12 de enero de 2016.

Seguidamente, mediante Auto de Segunda Instancia N°27 de 14 de marzo de 2016, el Segundo Tribunal revoca el Auto Vario N°249 y en su efecto admite la acumulación de los dos procesos y el cuadernillo es remitido a este despacho por el Segundo Tribunal, el 22 de marzo de 2016.

Sin embargo, no es hasta el 28 de abril de 2016, cuando oficialmente el expediente ingresa al juzgado, esto quiere decir, que el expediente tiene dos 2 años y 9 meses, y no cuatro años, como se mencionó en su momento de estar en este despacho judicial.

Por lo tanto, debido a los incidentes presentados previamente, la fecha de audiencia preliminar no pudo ser fijada en los días subsiguientes.

Posteriormente, el licenciado Gustavo Pereira, abogado del señor Pablo Ruiz, presenta un recurso Horizontal de Reconsideración, ya que según él, se había impreso un trámite que no correspondía, porque el juzgado no notificó a todas las partes del Auto Vario N°240, y es por ello, que nuevamente se remite dicho cuadernillo al Segundo Tribunal, para la fecha del 26 de mayo de 2016.

Para el 19 de julio de 2016, se emite el Auto N° 73 en el cual se rechaza de plano el recurso de reconsideración interpuesto por el licenciado Gustavo Pereira y es hasta el 16 de agosto de 2016, que el Juzgado recibe el cuadernillo.

Seguidamente, el Segundo Tribunal solicita se le remita en calidad de préstamo el cuadernillo de acumulación, el cual fue remitido con los procesos PAN GRANOS y BLANQUEO, el cual fue remitido el 18 de febrero de 2017.

Para el 24 de marzo de 2017, el Segundo Tribunal remite a la Sala Penal ambos procesos a fin de resolver conflicto de competencia entre los magistrados María Estrada y Wilfredo Saez.

El 18 de diciembre de 2017, la Sala Penal resuelve el Conflicto de Competencia y decreta la nulidad del Auto N° 27 del 14 de marzo de 2016 y ordena que el magistrado Wilfredo Saez, resuelva el recurso de apelación en contra del Auto que niega la acumulación de los dos procesos.

El 24 de enero de 2018, el Segundo Tribunal recibe nuevamente el cuadernillo de acumulación y los dos procesos.

Para el 27 de marzo de 2018, el Segundo Tribunal confirma el auto que niega la solicitud de acumulación.

Y para el 6 de abril de 2018, se reciben ambos procesos PAN GRANOS – BLANQUEO con el cuadernillo, donde se procedió a fijar fecha de audiencia para marzo de 2019, casi un año después, ya que en este caso, uno de los imputados se encuentra detenido en la República de Cuba y su notificación deber ser a través de Asistencia Judicial, el cual debe fijarse de 8 a 9 meses antes, para ser efectiva la asistencia judicial, pero los abogados Franklin Amaya, Jair Urriola, José Brando,defensoresde los señores Frank De Lima, Lucy Molinar y Mario Martinelli presentaron incidentes de nulidad en el expediente de Granos, los cuales fueron apelados.


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