Nota de Prensa
Secretaría de Comunicación
Nota de Prensa
La Corte Suprema de Justicia en Sala Unitaria, representada por el magistrado sustanciador Gabriel Fernández, reiteró al Consejo Académico de la Universidad de Panamá, la orden implícita de interrumpir inmediatamente el curso del proceso disciplinario contra Miguel Antonio Bernal Villalaz.
Así como de suspender los efectos de las decisiones tomadas con relación a su persona hasta ese momento y durante la vigencia del fuero penal electoral, que conlleva la admisión mediante providencia de 14 de abril de 2015.
Además, se ordenó a la autoridad competente (Consejo Académico de la Universidad de Panamá) que concrete dicha suspensión en un término de dos horas desde la notificación de esta resolución. Y advierte que, de no cumplir con la suspensión ordenada, podrá ser sancionado por desacato, de conformidad por el artículo 2632 del Código Judicial.
Esta decisión se da dentro del amparo de garantías que presentó la abogada Rita Isabel Jaén Chong, contra “la conducta del Consejo Académico de la Universidad de Panamá adoptando decisiones en el proceso disciplinario contra el profesor Miguel Antonio Bernal Villalaz, cuando él gozaba de fuero electoral y no podía ser procesado o tramitado su expediente, sin previa autorización del Tribunal Electoral”.
Secretaría de Comunicación
Panamá, 30 de abril de 2015
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