Nota de Prensa
Bajo la ponencia del magistrado Harry Díaz, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, concedió provisionalmente arresto domiciliario del señor Manuel Antonio Noriega Moreno, tres semanas antes de la intervención quirúrgica, con el fin de la adecuada limpieza pulmonar requerida para la intervención.
Recalcó la Sala Penal, que si en el transcurso de dos meses después de encontrarse el señor Noriega Moreno en arresto domiciliario, no se ha realizado la operación, la medida cesará y debe regresar al recinto carcelario.
La decisión de la Sala Penal se fundamentó en las recomendaciones que realizaron nueve médicos (tres particulares, tres médicos forenses y tres de la Comisión Interdisciplinaria del Hospital Santo Tomás), quienes indicaron que el señor Noriega Moreno tiene que ser operado de un tumor en el cerebro, pero antes de ello, debe recibir tratamiento pulmonar para resistir la intervención en un lugar adecuado que no fuese el recinto carcelario, ya que este lugar fue descalificado por los galenos forenses, quienes concluyeron luego de una inspección que realizaron, que donde se encuentra no tiene las condiciones adecuadas ni cumple con las recomendaciones expuestas.
Esta decisión que adoptó la Sala Penal, es producto de la apelación que presentó la defensa del señor Noriega Moreno, contra una decisión del Segundo Tribunal Superior de Justicia, dentro del proceso que se le sigue por el homicidio de Heliodoro Portugal.
Es importante aclarar a la ciudadanía, que esta decisión no significa la absolución del señor Noriega Moreno.
Además de este proceso, el señor Noriega Moreno mantiene dos procesos abiertos en el Tribunal Superior de Justicia del Tercer Distrito Judicial, por los homicidios de Everett Clayton Kimble Guerra y Luis Antonio Quiroz Morales.
Además tiene tres condenas con penas de prisión, por los homicidios de Hugo Spadafora y Moisés Giroldi, y lo ocurrido en lo que se conoce como la Masacre de Albrook.
Por lo tanto, la autoridad competente por estas tres condenas es un Juez de Cumplimiento del Órgano Judicial. El Ministerio de Gobierno no tiene injerencia alguna.
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