Nota de Prensa de 25 de abril de 2016
La Presidencia de la Corte Suprema de Justicia comunica a la ciudadanía en general lo siguiente:
Que el sumario seguido a José Raúl Mulino y Alejandro Garúz no ha sido archivado ni calificado, se mantiene en espera de una decisión del Segundo Tribunal Superior de Justicia, ambos imputados están ahora sometidos a medidas cautelares personales diferentes a la detención preventiva, y se subraya que los sumarios y procesos judiciales se ventilan en los estrados de los Juzgados y Tribunales de Justicia.
La decisión del Juzgado Quinto de Circuito de lo Penal de Panamá, de reemplazar la detención preventiva del señor José Raúl Mulino, decretada el 4 de marzo de 2016 mediante auto vario N°49, y la reclusión domiciliaria del señor Alejandro Garúz, otorgada mediante auto N°57 del 7 de marzo de 2016, por otras medidas cautelares personales menos severas, fue dictada en función de un incidente interpuesto por la defensa técnica.
Por apelación del Ministerio Público, sustentada en tiempo oportuno, es que llega a conocimiento del Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá, que decide confirmarlas con los autos de medida cautelar N°3-S.I y N°4-S.I. del 18 de abril de 2016.
La sustitución de una detención preventiva por otras medidas cautelares personales, es una decisión interlocutoria que no hace tránsito de cosa juzgada, ni implica una antesala a la posterior calificación del sumario con sobreseimiento o encausamiento criminal, ni a la conclusión del proceso con absolución o condena.
El Segundo Tribunal Superior de Justicia de Panamá deberá resolver la apelación elevada por la Fiscalía Tercera Anticorrupción, contra la decisión del Juzgado Quinto de Circuito de lo Penal de Panamá, acerca de la nulidad que solicitó la defensa. Sin embargo, el Segundo Tribunal en función de despacho saneador mediante auto N°35-S.I. del 18 de abril de 2016, ordenó al Juzgado que conceda el recurso de apelación en el efecto correcto.
Finalmente, quedará pendiente la calificación del sumario seguido a José Raúl Mulino y Alejandro Garuz, que deberá realizarse en audiencia preliminar, pública y de forma oral, previamente convocada por el Juzgado Quinto de Circuito de lo Penal de Panamá, donde deberá decidirse si se dicta encausamiento criminal o un sobreseimiento (incluso, el archivo del expediente).
Se exhorta a las partes en este proceso en especial, y a todos los sujetos procesales en general, a no soslayar las claras y sencillas normas de urbanidad, cortesía, educación y decoro con la que deben guiarse las relaciones interpersonales y profesionales, máxime el respeto que se merecen por ser autoridades, operadores o usuarios del sistema de administración de justicia.
Facebook
Twitter
Instagram
Youtube