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CONOZCA SUS DERECHOS DE CONSUMIDOR



Los Derechos de los Consumidores fueron expuestos por la Juez del Juzgado Noveno, Circuito Civil del Órgano Judicial, Licenciada Ruby Ibarra, a través de la pantalla del programa Revista Informativa "Portada",

 que se transmite todos los jueves desde las siete de la mañana en las pantallas del Sistema Estatal de Radio y Televisión (SERTV), Canal 11.

Ibarra dijo que los ciudadanos tienen derecho a la información, a la educación, ya que "tenemos que conocer nuestras obligaciones y deberes". Tiene derecho también a escoger un producto y asistir a la Autoridad de Protección al Consumidor y a los juzgados del Tribunal de Protección al Consumidor del Órgano judicial si siente que no está protegido y para hacer valer sus derechos.

Un consumidor tiene derecho a la compensación, que se refiere al cambio de un artículo defectuoso o que en su efecto se pague el valor, a que le devuelvan el dinero o llegar a un arreglo en caso de que las medidas anteriores no resuelvan.

Durante la entrevista Ibarra manifestó que la Ley 45 consagra las obligaciones de los proveedores que son importantes y son también de reconocimiento público, como no firmar documentos en blanco, proveer una factura, derecho a una garantía, a ser informado.

La Ley que tiene más de 10 años, establece que los consumidores no están obligados a recibir un bono y el arreglo es de carácter administrativo. Los consumidores también tienen deberes cuando se compra un producto, puntualizó Ibarra, quien recomendó que "toda persona que se sienta vulnerada en sus derechos los hagan valer" y enseñar a los proveedores el respeto porque son postulados internacionales.

Los derechos de los consumidores son entre otros al consumo, tener acceso a bienes y servicios que satisfagan sus necesidades básicas; a la información,para obtener de los proveedores una información clara, veraz y suficiente de los productos y servicios que adquiere y no ser inducidos a tomar decisiones equivocadas; a elegir, escoger una diversidad de productos y servicios diferenciados que se oferten en el mercado en una competencia real y efectiva; a la seguridad para obtener productos o servicios que no representen peligro para la seguridad; a ser escuchados y expresar, individualmente o colectivamente sus problemas de consumo y recibir de los agentes gubernamentales atención en los mismos; a la compensación, recibir un resarcimiento apropiado ante reclamos justos y a la orientación y educación, adquieriendo los conocimientos y las habilidades necesarias, que le faciliten tomar eficientemente sus sus decisiones de consumo.

Elaborado por Guibel Moreno
Foto por: Guibel Moreno

Palacio de Justicia.
Ancón, 22 de 05 de 2008.


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