en Materia Bancaria y Mercantil que organizó la Escuela Judicial en la ciudad de Chitré.
Esta introducción fue motivo de un taller con magistrados, jueces, secretarios judiciales del Órgano Judicial, funcionarios del Ministerio Público y de la Dirección de Investigación Judicial de las ciudades de Chitré, Penonomé, las Tablas y Santiago, a fin de recoger las impresiones de los participantes para conocer si estas fórmulas que protegen a las víctimas y la aplicación de esa medida en el ámbito penal no chocan con las otras jurisdicciones de familia y laboral.
Aclaró la magistrada Pinilla que hay dos artículos, los cuales se tiene que considerar: uno es que está dentro del procedimiento penal que tiene que ver con las medidas de protección a las Víctimas a Testigos y Colaboradores y el otro es el de las medidas especiales que son también de protección a las víctimas, lo que pareciera que fueran medidas específicas para protección a las víctimas de violencia doméstica y denota que no está bien delimitado. No pueden estar en dos secciones diferentes. Uno está en la sección de medidas cautelares y el otro está en la fase de investigación. Hay que delimitar una área, acotó Pinilla.
Se dijo igualmente a manera de actualizar a los participantes los avances del Código Procesal Penal y que la ley puente que pondrá en vigencia el Código Penal está en discusión. Esta ley permitirá adecuar las normas del Código Actual al Nuevo Código Penal. Se aumenta la cuantía de la pena por medida cautelar de detención preventiva de cuatros años en adelante.
Dos artículos del Código Penal serán propiamente los reformados y son el de proxeletismo a solicitud de la Procuradora General de la Nación y el delito de posesión de armas, donde indica que la pena más grave es para el de posesión simple, agregó la Magistrada Pinilla.
Elaborado por GUibel Moreno
Fotos: Oscar Morán
Palacio de Justicia.
Ancón, 8 de 05 de 2008.
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