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Medidas de defensa en nuevo Sistema Acusatorio



27-10-08w1.jpgDurante el segundo día de la Jornada Nacional de Sensibilización de la Implementación del Nuevo Sistema Acusatorio en la Jurisdicción Penal Panameña, el  magistrado del Segundo Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, Wilfredo Saénz fue el expositor del tema "Los medios de Defensa de acuerdo con el Nuevo Código de Procedimiento Penal".

27-10-08w2.jpgEn su exposición, el magistrado Saénz reiteró que el sistema acusatorio es un instrumento para cumplir las garantías judiciales, principios y reglas del debido proceso contempladas en las fuentes del derecho.
Es decir que el abogado defensor debe utilizar los elementos reales, y convenios sobre de derechos humanos, instrumentos de materia constitucional que fueron incorporados al Nuevo Código Penal, entre otros.
También se refirió al uso del habeas corpus preventivo y reparador, los cuales son los más utilizados en  nuestra jurisdicción cuando se aplican medidas cautelares personales o hay un indicio de su aplicación en el habeas corpus preventivo, y cuando  ésta se hace efectiva, se presenta el habeas corpus reparador.
27-10-08w3.jpgEl habeas corpus correctivo es una innovación, y el magistrado hizo referencia al artículo  23 de la Constitución Política, el cual establece que el habeas corpus procederá cuando las formas de detención o el lugar donde se encuentre la persona pongan en peligro su integridad física, mental o moral, o se infrinja sus derechos de defensa.
Y es que Saénz argumentó que en los casos donde los privados de libertad están detenidos en condiciones deplorables como el hacinamiento, el maltrato físico, o tienen que pagar para tener protección, o están rodeados de drogas y armas, sus abogados deben catalogar como suficientes estos elementos para solicitar un habeas corpus correctivo.
Entre  otros puntos, el magistrado Saénz también expuso la importancia del juicio oral en el proceso acusatorio, el papel del defensor, y del jurado de conciencia.
Además de los recursos que pueden interponer los abogados para el bienestar de sus clientes como medios de defensa.

Elaborado por Gloria Leiva

Fotos por Oscar Morán


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