EVALUARAN A FUNCIONARIOS JUDICIALES
El Pleno de la Corte Suprema de Justicia, aprobó de forma unánime, mediante Acuerdo No. 625, de 9 de octubre de 2008 adicionar normas al Artículo 37 del Acuerdo N0. 46 del 27 de septiembre de 1991, sobre Evaluación del Desempeño del Cargo y se adoptan medidas para su aplicación dentro del Órgano Judicial.
Hasta tanto el Pleno de la CSJ apruebe un nuevo Reglamento de Carrera Judicial, este sistema de Evaluación del Desempeño del Cargo se aplicará de manera inicial a los Magistrados y Jueces de la Jurisdicción Penal, sin perjuicio de que sea extendido a otras jurisdicciones.
Las dimensiones claves del desempeño son: calidad de las sentencias, rapidez en el trámite de los casos, calidad del servicio/atención a los usuarios, resoluciones idóneas, calidad del proceso judicial, calidad del proceso administrativo, productividad del juez/juzgado, productividad del personal de apoyo, clima laboral y competencias conductuales.
El Pleno de la CSJ designará a los superiores jerárquicos que actuarán como Revisión de los Evaluados. Por otro lado los formularios que se utilizarán son: de revisión de desempeño, auditoría judicial, calidad del servicio a usuarios y formularios de recursos humanos.
Si el Pleno de la Corte Suprema apreciase que el evaluado no atiende satisfactoriamente lo indicado en el Plan de Mejora, o si estimase la posible concurrencia de responsabilidad disciplinaria en el Evaluado, remitirá a su superior jerárquico un informe, con miras a que se tomen las acciones que el caso amerite.
De acuerdo al ámbito de aplicación, están sujetos a la evaluación del desempeño del cargo cada seis meses todos los funcionarios pertenecientes al Sistema de Carrera Judicial.
Elaborado por Aurelio Martínez
PALACIO DE JUSTICIA GIL PONCE, ANCÓN
Panamá, 13 de noviembre de 2008
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