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Sala Tercera suspende permiso de construcción de antena de telefonía



 

celulares1_293x440.jpgLa Sala Tercera de la Corte, bajo la ponencia del magistrado Víctor L. Benavides P., y ratificado por el resto de la Sala, suspendió provisionalmente el permiso de construcción para la ubicación de una Torre PA-1023, en el área de Villa Zaíta, La Rotonda, Corregimiento de Las Cumbres, Provincia de Panamá, que sería destinada para antenas de telefonía móvil, (celular).

 

La decisión es consecuencia de una demanda de nulidad promovida ante esta Sala que argumentaba el incumplimiento de la consulta ciudadana para la instalación de torres para antenas de telefonía móvil, solicitando la medida de suspensión, alegando el perjuicio grave que la ubicación de la antena pudiera afectar a los ciudadanos que habitan la zona.

La empresa responsable, la Compañía Desarrollos Inmobiliarios Internacionales, S.A., filial de DIGICEL PANAMÁ, S.A., obtuvo el permiso de construcción, mediante la Resolución S.A. 03-2008-DM/RSSM de 12 de agosto de 2008, proferida por la Dirección Médica de la Región de Salud de San Miguelito, Las Cumbres y Chilibre del Ministerio de Salud.

En su ponencia, el magistrado Benavides señaló que“el acto administrativo impugnado pudiera estar vulnerando” normas relativas a la reglamentación de la ubicación, instalación y operación de torres para antenas de telefonía móvil, troncal y similares, así como de radiofrecuencias, repetidoras y microondas; normas relativas al desarrollo urbano y las concernientes a la transparencia en la gestión pública, además de señalar la posible afectación al medio ambiente al indicar que la medida de suspensión es procedente “en virtud de una posible lesión al ordenamiento jurídico regente y en virtud de la percepción de existir un perjuicio grave que pudiera sobrevenir en detrimento del interés de los ciudadanos.”


Palacio de Justicia, Gil Ponce

9 de julio de 2009


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