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Corte falla en caso de Diputados del Parlacen



El Pleno de la Corte Suprema de Justicia con la ponencia del magistrado Adán Arnulfo Arjona, resuelve que es inconstitucional la Resolución de 30 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Electoral a través de la cual anuló las resoluciones identificadas con los números que van del 060880084-NA-A al 06080096-NA, admitido previamente, en relación con las postulaciones de 13 candidatos principales y sus respectivos suplentes a los cargos de Diputados al Parlamento Centroamericano (Parlacen) formulada por el Partido Cambio Democrático (CD).

La Corte además ordena al Tribunal Electoral que realice lo necesario para atender el debido trámite de proclamación y entrega de credenciales como establece la Ley a los candidatos que en su oportunidad postuló el Partido Cambio Democrático y que hayan resultados electos de conformidad con el artículo 838 del Código Electoral, a los cargos de Diputados del Parlacen en las elecciones generales celebradas el pasado 3 de mayo de 2009.

La demanda de inconstitucionalidad fue interpuesta por apoderados especiales de los ciudadanos Bernardino González González, David Arce Merel y Manuel Oscar Hernández Barahona contra la resolución de 30 de marzo de 2009 expedida por el Tribunal Electoral y que infringe el texto de los artículos 32, 17, 18 y 138 de la Constitución Nacional.

Palacio de Justicia Gil Ponce, Ancón.

Panamá, 16 de noviembre de 2009


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