Corte declara ilegal resolución del MIVI
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia, emitió el 29 de diciembre de 2009, Sentencia en la que declara que es nula, por ilegal, la Resolución N°275-07 de 2 de julio de 2007, emitida por el Ministerio de Vivienda (MIVI). Dicha Sentencia se dictó bajo la ponencia del Magistrado Víctor Leonel Benavides y el aval de los Magistrados Winston Spadafora e Hipólito Gill Suazo, suplente personal del entonces Magistrado Adán Arnulfo Arjona.
En la Resolución N°275-07 de 2 de julio de 2007, la ex Ministra de Vivienda, Balbina Herrera, resolvió revocar en todas sus partes la Resolución de Condena No.07-2004 de 11 de octubre de 2004, proferida por la Dirección General de Arrendamiento que condena y ordena la demolición del inmueble 12-09 ó 10-14, ubicada en la Calle 16 y C, corregimiento de Santa Ana, Distrito y Provincia de Panamá.
En la sentencia de 29 de diciembre de 2009, la Sala señaló que le asiste la razón a la demandante, ya que con fundamento en el informe remitido por la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos, que recomienda la condena y posterior desalojo del mismo por la seguridad de los residentes del inmueble en mención, lo que le correspondía a la entonces (MIVI) era confirmar la Resolución de Condena No.07-2004 de 11 de octubre de 2004, dictada por el Director General de Arrendamientos de esa entidad.
La Resolución que resolvía condenar y ordenar la posterior demolición del inmueble 12-19 ó 10-14, ubicada en calle 16 y C, Corregimiento de Santa Ana, construido sobre la Finca No.6115, inscrita al Tomo 195, Folio 356 de la Sección de la Propiedad de la Provincia de Panamá, tal como lo preceptúa el artículo 3 de la Ley 98 de 1973 al señalar que “El MIVI analizará el informe de la Oficina de Seguridad y ordenará, según el caso, la rehabilitación o demolición del edificio, de acuerdo con los programas del Ministerio.”
Palacio de Justicia Gil Ponce, Ancón.
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