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Sala Tercera resuelve en caso del MIVI



 

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) pronunció, el 29 de diciembre de 2009, una sentencia en la que declara nula, por ilegal, la resolución 275-07 de 2 de julio de 2007 emitida por el Ministerio de Vivienda (MIVI).

 

Dicha sentencia se dictó bajo la ponencia del magistrado Víctor Leonel Benavides y el aval de sus colegas de sala Winston Spadafora e Hipólito Gill Suazo, suplente del entonces magistrado Adán Arnulfo Arjona.

En la resolución 275-07 de 2 de julio de 2007, la ex ministra de Vivienda, Balbina Herrera, resolvió revocar, en todas sus partes, la resolución de condena 07-2004 de 11 de octubre de 2004, proferida por la Dirección General de Arrendamiento, que condena y ordena la demolición del inmueble 12-09 ó 10-14, ubicado en la calle 16 y C, corregimiento de Santa Ana, distrito y provincia de Panamá.


En la sentencia de 29 de diciembre de 2009, la Sala Tercera señaló que le asiste la razón a la parte demandante, ya que, con fundamento en el informe remitido por la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos ―que recomienda la condena y posterior desalojo del edificio por motivos de seguridad de sus residentes―, correspondía a la entonces titular del MIVI confirmar la resolución de condena 07-2004 de 11 de octubre de 2004, dictada por el director general de Arrendamientos del MIVI.


El artículo 3 de la Ley 98 de 1973 señala que “El Ministerio de Vivienda analizará el informe de la Oficina de Seguridad y ordenará, según el caso, la rehabilitación o demolición del edificio, de acuerdo con los programas del Ministerio”.

 


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