Le imponen medida de seguridad curativa
El Juzgado Municipal Mixto del distrito de Cañazas impuso al señor Etanislao Sianca Bordones la medida de seguridad curativa, consistente en tratamiento multidisciplinario en un Centro de Salud o cualquier institución pública o privada que brinde este servicio debidamente vigilado por el Sistema Penitenciario, conforme al Artículo 200 de Código penal, por haber sido encontrado culpable como autor del delito consumado de violencia doméstica.
Los hechos declarados probados se encuentran acreditados con la denuncia presentada, el informe de sospecha de violencia intrafamiliar y maltrato al menor del Hospital de Cañazas, la evaluación médico legal donde se asignó una incapacidad de 7 días, los testimonios recabados, que coinciden en que el señor Etanislao Sianca Bordones le da malos tratos a su mujer y el señalamiento directo que hace la víctima sobre el victimario.
Agrega la Resolución que el tratamiento durará mientras duren las causas que lo motivaron y en caso de que el condenado incumpla la medida de seguridad se sustituirá por la pena de dos años de prisión.
Segundo Distrito Judicial
Santiago, 12 de agosto de 2010
Rafael Alexis Álvarez
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